Casi 11 años de cárcel para un hombre de Tenerife por abusar de dos familiares menores a su cargo

El hombre permanecerá en libertad vigilada durante cinco años tras salir de prisión en caso de ser condenado en firme

Juzgados de Santa Cruz de Tenerife

Juzgados de Santa Cruz de Tenerife / E. D.

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha impuesto un total de diez años y ocho meses de cárcel a un hombre acusado de cometer dos delitos de abusos sexuales continuados a un niño y una niña menores de edad, sobrinos nietos suyos, cuando la madre los dejaba a su cuidado.

El hombre permanecerá en libertad vigilada durante cinco años tras salir de prisión en caso de ser condenado en firme, no podrá a acercarse a menos de 500 metros de las víctimas y deberá pagarles a cada uno de ellas 6.000 euros por los daños morales causados.

La sentencia alude a hechos cometidos con anterioridad a la entrada en vigor de la conocida como 'ley del sí es sí', que equipara el abuso y la agresión sexual y los agrupa en el segundo delito.

Como hechos probados figura que entre 2011 y 2012, el acusado vivía en Santa Cruz de Tenerife y por aquel entonces mantenía buena relación con su sobrina, quien movida por esta confianza solía llevarle por separado a sus hijos de 10 y 6 años para que los cuidara mientras trabajaba.

En este contexto el condenado, un número indeterminado de veces pero con cierta frecuencia, cuando la niña estaba durmiendo en otro dormitorio, se acostaba junto a ella y se rozaba en su espalda y obligaba a que lo tocara.

En algunos casos el procesado le ponía a la niña en el televisor vídeos pornográficos haciendo que los viera para a continuación pedirle que repitiera lo que había visto.

En ciertas ocasiones intentó violarla pero la menor se opuso por el dolor que le causaba y entonces doblaba el cuerpo para evitar la agresión.

Secuelas

Como consecuencia de ello, la niña padece secuelas psicológicas tales como ataques de ansiedad, autolesiones leves, llanto, distanciamiento familiar, insatisfacción, infravaloración o autoestima baja precisando de tratamiento psicológico que la ayude a superar estos traumas derivados de lo vivido.

En cuanto al niño, en unas cinco ocasiones el procesado lo llevó a su habitación y cuando estaba a solas con él repetía las prácticas similares a las que llevaba a cabo con su hermana, además de abrazarle y realizar diversos tocamientos, por lo que también precisa de atención médica.

El acusado negó los hechos y dijo que los menores nunca se quedaron a solas con él y que cuando estaba con el niño se limitaban a ver la televisión en el comedor y que en el cuarto había una cama pequeña en la que no cabían dos personas y aunque había un televisor no contaba con ningún aparato de vídeo.

Dado que existía un proceso similar contra el abuelo de ambos acusados también del mismo delito de abusos, el encausado cree que estos se han confundido.

Alega que también hubo una discusión con su sobrina por la forma en la que trataba a su madre y que de ahí derivó el enfrentamiento entre ambos.

La Sala concluyó en la mencionada condena al considerar que el relato de los menores era creíble, a lo que se une el análisis de los psicólogos que sirvió para "apuntalar" las denuncias y otorgó una credibilidad de 11 puntos sobre 19.

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