Ratifican la condena por intento de asesinato a la mujer que apuñaló a su padre en un brote psicótico en Tenerife

El hombre, de 81 años, sobrevivió a pesar de las heridas pero falleció siete meses después

Panorámica de Guía de Isora

Panorámica de Guía de Isora / Wikipedia

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Santa Cruz de Tenerife

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado la condena por asesinato en grado de tentativa a la mujer que en junio de 2023 apuñaló a su padre en pleno brote psicótico en Guía de Isora, en Tenerife.

La mujer fue condenada el pasado mes de mayo por el juzgado de Instrucción n.º 3 de Arona, pero la acusada interpuso recurso de apelación ante el TSJC, que ratifica en sentencia dictada este 3 de octubre la pena de 73 meses de prisión y seis años de libertad vigilada.

Los hechos se remontan a junio de 2023, cuando la condenada regresó al domicilio familiar en el que convivía con su padre y tres hermanos, y asestó hasta nueve puñaladas con un cuchillo de cocina de diez centímetros mientras gritaba "ahí estás, te voy a matar".

El hombre, que se encontraba tumbado en el sofá, no pudo defenderse del ataque, que se centró en la zona del abdomen y el pecho. Según consta en la sentencia, como consecuencia del apuñalamiento, Sebastián sufrió diversas heridas y lesiones, entre las que se encuentra un neumotórax que de no haber mediado asistencia inmediata podría haber provocado su fallecimiento. El agredido, que no reclamó por las lesiones sufridas, murió, sin embargo, en diciembre de ese mismo año.

Por su parte, la ya condenada ha sido diagnosticada con trastorno psicótico agudo con predominio de ideales delirantes, una situación que se presentó en el momento en el que se produjeron los hechos. Sin embargo, la sentencia del juzgado de Instrucción ratificada por el TSJC considera que "mermaron sus capacidades cognitivas, pero no las anularon".

De esta manera, se descarta el argumento de la apelación, que sostiene parte de su alegación de vulneración de la presunción de inocencia en el brote psicótico que según la defensa le impedía "de forma total y absoluta" ser consciente de los hechos.

Entre las pruebas tenidas en cuenta por el magistrado del TSJC se encuentran las declaraciones de los agentes policiales y de la Guardia Civil que intervinieron en los hechos así como en su investigación posterior y en los informes médicos forenses realizados a la acusada.

En ese sentido, destaca la coincidencia de los testigos y del propio agredido en sus declaraciones que aludían a que la mujer había expresado su intención de acabar con la vida de su padre porque le tenía "harta".

Además, en el caso de los informes médicos se refleja que la mujer se muestra "colaboradora y arrepentida por los hechos" y aunque confirman el diagnóstico de la patología, en sus conclusiones entienden que "dicha enfermedad no le impidió saber lo que estaba haciendo pues sus entendimiento y voluntad no se encontraban totalmente anuladas".

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