La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Baleares ha decretado prisión provisional eludible bajo fianza de 50.000 euros para el futbolista del Stuttgart Atakan Karazor por un delito de agresión sexual en Ibiza.

Así, se ha modificado la situación procesal del deportista, investigado por el Juzgado de Instrucción número 4 de Ibiza. Karazor lleva en prisión preventiva desde junio de 2022.

El Tribunal ha notificado a Karazor este jueves el auto, que establece también para el futbolista -en el caso de que eluda la cárcel previo pago de la fianza- comparecencias cada mes ante el juzgado de Instrucción que lleva la causa, así como la prohibición de aproximación y comunicación con la víctima.

Por otra parte, la Sala ha modificado en el mismo sentido la situación procesal del otro investigado de esta causa. Ambos habían pagado ayer la fianza, según fuentes judiciales, que no pudieron confirmar si ya habían salido de la prisión.

Karazor y el otro acusado se encontraban de vacaciones en Ibiza cuando la madrugada del pasado 8 de junio fueron detenidos acusados de la presunta violación de una joven, de 18 años y nacionalidad española, en una villa situada en los alrededores del establecimiento Cova Santa, en Sant Josep. 

A finales de junio se decretó prisión provisional sin fianza para ambos detenidos, una decisión que fue recurrida por la abogada de Karazor, que alegó "defectos de traducción" en la declaración del acusado, entre otros, y por lo que solicitaba la nulidad del auto. La Audiencia Provincial ha hecho pública este jueves la resolución del recurso e informa de la desestimación de la petición de libertad solicitada para Karazor, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB), aunque sí se ha modificado la situación procesal del futbolista, que podrá salir de prisión bajo fianza.

"La cuestión referida a la nulidad del auto por vulneración del derecho a un proceso con todas las garantías, ya adelantamos que no va a prosperar", reza el auto. En este sentido, el Tribunal defiende que "ni en el recurso ni en la vista" las defensas hicieron constar "qué concreta pregunta o qué concreta respuesta mal traducida pudo determinar un error de conocimiento o de valoración en la decisión de la jueza de instrucción".

En cuanto a la prisión preventiva sin fianza, la Sección Primera de la Audiencia Provincial ha recordado que se decretó "en atención a la existencia de una situación de riesgo de fuga" ya que el acusado se enfrenta a una pena de entre 6 y 12 años de prisión. Sin embargo, en el auto dado a conocer hoy se detalla que ahora se ha presentado documentación "sobre arraigo social, personal y laboral" en Alemania, país de origen de Karazor, lo que junto con la repercusión mediática que ha tenido el caso, ha minimizado el riesgo de fuga, a juicio de la Audiencia. El investigado ha presentado un contrato de trabajo en un equipo de primera división en Stuttgart hasta 2026 y propiedades en Alemania, "lo que ya determina un arraigo" en ese país, según el auto, que señala que Karazor lleva un mes y diez días en prisión.

"El hecho de que sea nacional de un país de la Unión Europea firmante de un convenio de colaboración en materia de investigación y ejecución penal, nos obliga a recordar que en esos acuerdos se han arbitrado instrumentos legales que propician la colaboración de las autoridades alemanas con las autoridades españolas para el cumplimiento en el país de origen de medidas alternativas a la prisión impuestas por otro estado miembro, a fin de garantizar la sujeción del investigado a las decisiones que pudieran dictarse en el curso del procedimiento", recuerda la Audiencia en su argumentación para aceptar la prisión provisional bajo fianza para el acusado.

"No entraremos en el estudio de los indicios en tanto que están bien explicados en el auto recurrido y en el auto inicial que acordó la prisión provisional, comunicada y sin fianza y que derivan de la declaración de la víctima, de la testigo, del taxista que depuso en comisaría y en instrucción y de los partes médicos del hospital de Can Misses y del informe del médico forense que expresa que las lesiones de la víctima son compatibles con su relato", relata el auto: "Los indicios están ahí y no corresponde a este Tribunal más que la constatación de su existencia", prosigue.