El Supremo ha confirmado la condena de 11 años de prisión a un hombre que agredió sexualmente a una mujer en su casa de Tomiño (Pontevedra), donde entró de madrugada disfrazado y fingiendo que era una vecina hasta el punto de que puso voz de mujer para que le abriera: "Carmen soy Aurora, pódesme abrir"

La Sala de lo Penal ha dictado una sentencia que desestima el recurso del condenado contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que a su vez ratificó la sentencia de la Audiencia de Pontevedra.

Este tribunal le condenó por los delitos de allanamiento de morada, agresión sexual en la modalidad de violación y lesiones con la agravante de disfraz a once años de prisión y le impuso, además, la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima hasta pasados cinco años del cumplimiento de la pena privativa.

Los hechos ocurrieron sobre las 5:45 horas del 8 de septiembre de 2018, cuando el condenado se acercó al domicilio de la mujer en el municipio pontevedrés de Tomiño mientras ella dormía.

Lo hizo disfrazado para ocultar su identidad. Con una sudadera con capucha que le cubría la cabeza, guantes y una prenda que le cubría el rostro, salvo los ojos, se aproximó al alba a la puerta y fingiendo que era una vecina dijo con voz de mujer: "Carmen soy Aurora, pódesme abrir".

Su plan fue efectivo porque la mujer se levantó de la cama y abrió la puerta para ver qué le pasaba a su vecina, pero al ver que no era Aurora, intentó cerrar aunque no pudo porque el acusado la agarró fuerte por los brazos y la empujó hacia el interior de la vivienda.

Al llegar al salón la tiró al suelo y comenzó a agredirla sexualmente mientras ella gritaba y trataba de quitarle la prenda que le tapaba el rostro, sin conseguirlo, por lo que el hombre la tapó con una mano la nariz y la boca al tiempo que con la otra mano siguió realizando tocamientos por el cuerpo.

Acto seguido, el condenado la cogió por la cabeza y se la golpeó repetidamente contra el suelo, tras lo cual salió corriendo de la casa dejando a la mujer tirada en el suelo.

En su recurso, el condenado alegó errores en la valoración de la prueba, especialmente en las muestras de ADN, si bien el Supremo le responde que sus documentos son "incompletos" y que, además, "cita de modo sesgado una parte del contenido de las pruebas periciales omitiendo precisamente aquellos puntos tenidos en cuenta por el tribunal como prueba de cargo suficiente".

Así, la Sala señala que "la prueba biológica de ADN, determinó contundentemente que se halló material genético del procesado no solo en la vivienda, a la que nunca había accedido antes, sino también en el pijama que llevaba Carmen durante la agresión y bajo las uñas de la víctima quien trató de quitarle la capucha".