La Audiencia Nacional ha condenado al Estado a indemnizar a dos ultras del Atlético de Madrid con un total de 11.000 euros por el daño psicológico que les supuso su estancia en prisión preventiva antes de ser absueltos de amenazar a un testigo protegido en la causa por la muerte del hincha del Deportivo de La Coruña Francisco Javier Romero, Jimmy, en 2014.

En sendas sentencias, a las que ha tenido acceso Efe este jueves, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional estima parcialmente los recursos que ambos interpusieron contra la resolución dictada en 2019 por el Ministerio de Justicia, por la que se desestimaba la reclamación de responsabilidad patrimonial por daños derivados de la prisión preventiva tras quedar absueltos.

Ahora el tribunal anula dicha resolución y reconoce el derecho de los demandantes a ser indemnizados en concepto de daños: con 5.000 euros para Jesús F.P., alias el Búfalo, y con 6.000 para Pedro M.M., Peter Parker.

Pese a pedir indemnización por varios conceptos que hubiesen elevado la cuantía las indemnizaciones, la Sala solo ve indemnizable en "el daño moral y psicológico" que a los dos causó su paso por la cárcel.

El Juzgado de lo Penal número 14 de Madrid absolvió a ambos en junio de 2016, en contra del criterio de la Fiscalía, de un supuesto delito de obstrucción a la Justicia por amenazar y coaccionar a un testigo protegido tres días antes de su declaración en una vista relacionada con los menores involucrados en el caso Jimmy. Al año siguiente la Audiencia Provincial ratificó la absolución de los dos ultras.

Jesús F.P. y Pedro M.M. fueron detenidos el 23 de enero de 2016 por la Policía, acusados de amenazar al testigo protegido a través de mensajes de Whatsapp y de acudir a su puesto de trabajo con la excusa de cobrar una deuda para amenazarlo.

Sus arrestos se produjeron dos días antes del juicio que se celebró en el Juzgado de Menores Número 4 de Madrid, donde el testigo protegido ratificó que hubo cuatro implicados en la muerte del seguidor del Deportivo de la Coruña.

Tras cinco meses en prisión, los dos acusados salieron de la cárcel de Soto del Real (Madrid), a cuyas puertas les esperaron familiares miembros del Frente Atlético.

Respecto a la causa en la que se investigaba la muerte del hincha del Riazor Blues, el titular del Juzgado de Instrucción número 20 de Madrid la cerró en 2018 sin poder determinar si hubo responsabilidad por parte de los imputados ante la falta de indicios.

Al declarar concluso el sumario "sin procesamiento", el juez puso en duda el testimonio del citado testigo protegido y coimputado al considerar que podía estar buscando su propia exculpación.

"Considero que no es fiable, ni creíble, ni digna de la precisa credibilidad la versión de los hechos del citado coinvestigado", que identificó a cinco ultras del Frente Atlético como autores materiales de la muerte, por lo que, concluyó, "no sirve de manera evidente a los efectos de sustentar el procesamiento de persona alguna".

Dos años después de cerrar esta causa, la Audiencia Provincial le ordenó reabrirla para tomar declaración a una mujer que en 2017 dijo que su expareja, D.P., había reconocido ser quien tiró al hincha del Depor al río Manzanares.

Tras tomarla declaración, el magistrado no dio credibilidad a su testimonio y volvió a dar por agotada la investigación el pasado noviembre.

En relación con la trifulca, el juez envió en 2019 a juicio a 82 ultras por presuntamente participar en la multitudinaria reyerta en los alrededores del Vicente Calderón, pero sin vinculación con la muerte del hincha del Depor. La Fiscalía pide para ellos penas de hasta 2 años y medio de prisión por delitos de riña tumultuaria, tenencia ilícita de armas y atentado en concurso con lesiones.