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Sanciones

Un policía local de Córdoba usa un vehículo policial para espiar a su esposa con motivo de su divorcio

El Ayuntamiento de Córdoba le impuso una sanción de 35 días de suspensión de funciones y ahora deberá pagar las costas judiciales tras haber recurrido sin éxito la decisión

Dos agentes de la Policía Local junto a un vehículo policial.

Un agente de la Policía Local de Córdoba usó un vehículo policial para espiar a su esposa en el contexto de un divorcio conflictivo. Una sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Córdoba ha ratificado ahora la sanción impuesta por parte del Ayuntamiento de Córdoba a este agente, que consistió en 35 días de suspensión de funciones. Ahora, además, tendrá que abonar las costas del procedimiento judicial celebrado a raíz del recurso que presentó para tratar de que se rebajara dicha sanción.

El policía recurrió la sanción, aprobada por la junta de gobierno local el 15 de noviembre del 2021, al entender que se vulneró su presunción de inocencia y al alegar que utilizó el vehículo para realizar fotografías de las señales de tráfico a fin de adjuntarlas y completar con ellas los expedientes abiertos por multas de tráfico, y no para realizar seguimientos a su esposa con motivo de su divorcio, como se desprende del archivo del procedimiento penal abierto sobre estos hechos y que sancionó el Ayuntamiento. Por otro lado, mantiene el acusado que la denegación de las pruebas propuestas le ha causado indefensión y considera desproporcionada la sanción.

El Ayuntamiento de Córdoba, por su parte, se opuso a la demanda y mantuvo que existe prueba de cargo suficiente de la infracción cometida, que la sanción fue ajustada en relación con las circunstancias concurrentes, y que no se ha cometido ninguna irregularidad procedimental determinante de indefensión.  

En su fallo, el juez del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Córdoba entiende que efectivamente ninguno de los motivos de defensa que esgrime el policía local puede tener "favorable acogida", pues el hecho base de la infracción, esto es, la utilización de un vehículo policial para fines ajenos al servicio y sin autorización, no ha resultado desvirtuado.

El juez entiende que "no se sostiene" y que "no es creíble, por más que se esfuerce en darle apariencia de normalidad" que el policía local emplease para hacer las labores un día de descanso, y además prescindiera de autorización para el uso de medios a sus superiores, como así dieron estos fe.

El juez indica, además, en la sentencia que corrobora aún más el extraño proceder del agente que fuera otra persona, ajena a la Policía Local, la que llevase las llaves del vehículo cuando intervino la Policía Nacional, según consta en el atestado instruido por ésta. En el fallo, el juez añade eso sí que los hechos que la Policía Nacional investigaba, consistentes en los seguimientos del agente a su esposa "no revistieron finalmente trascendencia penal, al resultar el procedimiento judicial abierto finalmente sobreseído por auto del Juzgado de Violencia sobre la Mujer en mayo del 2021".

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