Un vecino de Catarroja ha sido condenado a ocho años de prisión por un delito de depósito de armas de guerra tras hallar en su domicilio la Policía Nacional, durante una operación abierta por tráfico de drogas, un fusil automático de asalto de la antigua Yugoslavia, cuatro pistolas, un revólver Smith & Wesson y una defensa eléctrica, así como munición de todo tipo, tanto de armas cortas como un cargador con cartuchos del tipo AK-47.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por la defensa del condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que a su vez desestimaba el recurso de apelación contra el fallo de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia, ratificado finalmente.

El hallazgo de las armas se produjo el 4 de junio de 2019 cuando los agentes realizaron una entrada y registro en un domicilio de Catarroja a raíz de unas intervenciones telefónicas en el marco de una investigación que tenía por objeto esclarecer la existencia de un posible delito contra la salud pública. En el recurso la defensa del acusado planteaba la posible vulneración del secreto de las comunicaciones, pero la sentencia del Supremo argumenta que tras el "hallazgo casual" de las armas se realizó un auto ampliatorio del registro ante un "indicio consistente de la posible comisión de una infracción distinta de la investigada".

El Tribunal Supremo también descarta los otros seis motivos de impugnación en los que se basa el recurso. Por un lado la no declaración en juicio de un policía, cuyo testimonio la defensa atribuye especial relevancia, circunstancia no compartida por el tribunal al contar con las declaraciones en la vista oral de otros cinco policías que participaron en el registro.

El acusado siempre ha negado que las armas fueran suyas, atribuyendo su tenencia a una tercera persona que tenía llaves de su casa. No obstante, el hecho de que fueran halladas en el único dormitorio del inmueble, donde solo residía él, concretamente unas en un armario empotrado y otras en una mochila de grandes dimensiones entre la cómoda y la pared, hace que "por su volumen y ubicación resulte descartable que, en términos de racionalidad, no se hubiera apercibido de su presencia".