La Audiencia provincial de Ourense ha absuelto a un joven que cuando tenía 20 años tuvo relaciones sexuales consentidas con una menor de 14 años por considerar que, pese a la diferencia de edad, tenía un grado de madurez similar.

La sección segunda de la Audiencia indica en su fallo, facilitado por fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haber aplicado la exención del artículo 183.4 del Código Penal al considerar que la edad cronológica y el grado de maduración es "próximo entre ambas partes".

En su escrito, los magistrados concluyen que la joven presentaba "una madurez superior de la que se desprende de una menor de catorce años", al contrario que el acusado, que tenía "un grado de madurez inferior a su edad cronológica".

Los jueces destacan, además, que fue "una relación consentida, sin la presencia de ningún elemento que permita establecer duda acerca de este extremo, al reconocer expresamente la denunciante que actuó libremente".

La relación comenzó en 2018 cuando el joven conoció a la menor y tuvo "al menos en dos ocasiones" relaciones sexuales con ella, aunque cesó un mes después cuando se enteraron los padres de la chica.

La Fiscalía pedía para el joven una orden de alejamiento de la víctima su domicilio y lugar de trabajo por al menos cinco años con la prohibición de comunicar con ella, así como cinco años de libertad vigilada.