Iván Pardo Pena, condenado a prisión permanente revisable por el asesinato de su sobrina política Naiara, la niña de 8 años que murió tras ser sometida por el acusado a horas de torturas y castigos en julio de 2017 en Sabiñánigo (Huesca), ha renunciado a recurrir para asumir su futuro de vida en la cárcel.

Así lo ha asegurado a su representante legal, la letrada María Gabasa, quien ha incidido en la voluntad de su cliente de no recurrir ante el Tribunal Supremo ante unas posibilidades de éxito "prácticamente nulas", y de asumir su condena por el asesinato de la menor.

Esta letrada ha explicado que el juicio con jurado al que se enfrentó Iván Pardo el pasado mes de septiembre por estos hechos le dejó "destrozado" y que ahora, en su opinión, su interés último es "desconectar" y alejarse del impacto mediático generado.

"La cuestión es que tiene muy asumido su futuro", ha recalcado su abogada, quien se ha referido a renglón seguido a las "dificultades" a las que se enfrentará su cliente "en un ambiente carcelario para tratar de superar todo lo vivido".

Iván Pardo Pena fue considerado culpable de asesinato en septiembre del año pasado por un jurado popular y condenado a prisión permanente revisable y a 2 años más por maltrato continuado, la misma condena, esta última, que les fue aplicada a la abuelastra y al padrastro de la menor.

En la vista que se celebró a finales del pasado mes de enero en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón para escuchar los distintos recursos interpuestos contra la sentencia, la abogada de Iván Pardo volvió a insistir en que su cliente en ningún momento actuó movido por el ánimo de matar a la niña.

Esta letrada alegó que la muerte de la menor se produjo finalmente a causa de un traumatismo craneoencefálico por golpes contra una mesa, y que la intención de castigar se vio rebasada por un trastorno de la personalidad vinculado a un proceso tumoral en el cerebro que le afectó de joven.

Los magistrados del TSJA no apreciaron, sin embargo, una vulneración del derecho del acusado a la presunción de inocencia a la vista de los argumentos de la defensora ya que, a su juicio, "existió abundante prueba de cargo obtenida y practicada con todas las garantías, y razonadamente motivada".

Respecto a los trastornos de personalidad del acusado, recuerdan que el jurado, teniendo en consideración los informes periciales psiquiátricos, descartó que tuviera alteradas sus capacidades cognitivas y volitivas, y en la misma línea confirman "plena y rotundamente" la agravante de alevosía que el jurado ya consideró probada.

El único recurso anunciado contra esta sentencia es el correspondiente al padre biológico de la niña, que a través de su representación letrada reclama al Supremo una mayor condena a Iván Pardo y a sus familiares por el delito de maltrato habitual, así como una mayor indemnización económica.