Burló la cuarentena dos veces, dio positivo en coronavirus, fue hospitalizada, recibió el alta, volvió a burlar el confinamiento y, al final, ingresó en prisión por desobediencia reincidente. Esta es la secuencia que describe el Juzgado de Instrucción número 1 de San Cristóbal de La Laguna en la sentencia de conformidad dictada el pasado jueves, que condena a una vecina de La Cuesta a seis meses de prisión por desobediencia grave a la autoridad y no accede a la suspensión de la pena, al registrar la encartada antecedentes penales por el mimo delito. El motivo es que a la misma joven el 7 de abril se le suspendió una condena de otros cuatro meses de cárcel, con la condición de que no volviera a delinquir y respetara el confinamiento domiciliario. Ahora, tendrá que cumplir 10 meses de privación de libertad en el centro penitenciario Tenerife II.

Lo extraordinario del proceso es que entre desobediencia y desobediencia la mujer estuvo ingresada por coronavirus, según se colige del fallo y confirmó ayer el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). La resolución judicial declara probado que la acusada fue condenada a cuatro meses de prisión el día 7 del presente mes por el por el Juzgado de Instrucción número 4 de Santa Cruz de Tenerife por un delito de desobediencia grave a la autoridad, y la pena fue suspendida ese mismo día por el plazo de dos años, condicionada a no volver a cometer un delito y a permanecer en su domicilio del barrio de La Candelaria mientras dure el actual estado de alarma.

"Actuando con manifiesto menosprecio al Gobierno de la Nación de España", relata el magistrado César Romero, la joven incumplió a sabiendas y sin causa justificada alguna la prohibición de libre circulación de personas por las vías públicas fijada en el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo por el que se declaró el estado de alarma, "y habiendo pasado ya el virus covid 19, según PRC negativa que figura en el informe clínico de alta del Hospital Universitario de Canarias (HUC) de fecha 8 de abril de 2020, pese a ello obligó a actuar en diversas ocasiones a la fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado", recapitula.

La resolución judicial agrega que sobre las 7:00 del 4 de abril de 2020 "fue sorprendida en el Paseo Espronceda de Santa Cruz de Tenerife sin motivo, por lo que fue requerida para que volviera a su domicilio, y asimismo el 24 de marzo fue sancionada administrativamente por incumplir el confinamiento domiciliario establecido por el citado Decreto". La acusada, pese a las advertencias, denuncias y condena anterior, siendo perfectamente conocedora de la obligación que como todo ciudadano español tenía de permanecer confinado en su domicilio, "sobre las 15:30 horas del día 15 de abril de 2020 salió de su casa". Fue localizada por policías nacionales en la trasera de la calle Narciso de Vera en compañía de una amiga, como adelantó EL DÍA el pasado jueves.

El juez señala que en el caso "no concurren las circunstancias previstas en el Código Penal para conceder el excepcional beneficio de la suspensión de la pena privativa de libertad, máxime cuando la propia condenada ha demostrado la escasa voluntad de someterse no solo a la general prohibición de la libre circulación de las personas, sino incluso a la individualizada prohibición en forma de medida particular impuesta por el Juzgado de Instrucción número 4 de Santa Cruz de Tenerife".