El Juzgado de lo penal número 4 de Oviedo condenó a dos años y un día de cárcel a un joven gijonés por maltratar a la que fuera su novia, una ovetense, cuando ambos tenían 19 años. La magistrada Emma Rodríguez decidió absolver al procesado de otros cinco delitos que le imputaba la acusación particular, al considerar que los diferentes episodios de maltrato denunciados no se pueden individualizar, sino que forman parte de un mismo ilícito de maltrato habitual en el ámbito familiar.

La magistrada dio credibilidad al testimonio de la denunciante, la cual enumeró varios episodios de maltrato por parte del que fuera su pareja durante dos años y medio, con el que convivió también durante 18 meses, entre 2016 y 2017. La chica dijo haber sido amenazada por su pareja con un cuchillo para que le enseñase el móvil y comprobar si conversaba con otros hombres.

Del mismo modo dijo haber sido encerrada en una jaula de perros por el varón tras negarse a fregar los platos, bajo amenazas de golpearle con un palo "como a los perros". Un relato terrible que al que el juzgado ha dado credibilidad.

También relató otros episodios de maltrato. Concretamente se refirió a un día en que la perra se orinó en una habitación y el hombre lo pagó con su pareja dándole con un palo en el tobillo. Asimismo, aseguró haber sido golpeada durante un viaje al parque de atracciones de Madrid.

Los hechos tuvieron lugar el 22 de junio de 2017 y al día siguiente fue al HUCA donde le diagnosticaron varios golpes, por los que necesitó ocho días para recuperarse, provocando la intervención del juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1, que dictó medidas cautelares contra su pareja.

La defensa del condenado, a cargo de la abogada Leduina Blanco, anunció este martes que recurrirá el fallo. "Quizás este no sea un tema de juzgado sino de reeducación de las relaciones análogas a conyugales. Cada vez veo más jóvenes en relaciones tóxicas y de quererse mucho pero no quererse bien, con responsabilidad común y no exclusiva del hombre", sostiene la letrada, quien subraya la ausencia de antecedentes penales de su cliente en este caso. Sin embargo, la sentencia sí deja claro que, a ojos del juez, ha existido un maltrato habitual ejercido por el hombre gijonés hacia la joven ovetense.

Blanco considera que no está probada la autoría de las lesiones denunciadas por parte del varón. "La versión de la mujer y testigos afines a la presunta víctima, con informe pericial que no acredita el nexo causal de lesiones con agresión, no es fundamento para condenar a un hombre", sostiene para incidir en su intención de recurrir a la Audiencia.