El juez de Instrucción número 13 de Plaza de Castilla ordenó el ingreso en prisión del kamikaze que se cobró el pasado domingo la vida de un joven en la M-50 al imputarle un delito de homicidio doloso por dolo eventual a instancias de la Fiscalía de Madrid.

El juez dictó prisión comunicada, sin fianza, y además de imputarle dicho delito, le fue impuesto otro por superar la tasa de alcoholemia y un tercero por conducción temeraria, según fuentes jurídicas y fiscales.

Kevin C.B. compareció ante el instructor tras estar varios días ingresado en el Hospital Gregorio Marañón de Madrid y ser detenido por orden de un juez de Coslada. Fuentes de la investigación confirmaron que dio positivo en alcoholemia. Tras su comparecencia, el juez decretó su entrada en prisión por los artículos 379.2 y 380 del Código Penal por conducción temeraria bajo los efectos del alcohol o las drogas.

En concreto el 379.2 hace referencia a conducir "bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas", mientras que el artículo 380 hace referencia a aquellos que lo hagan con "temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad". Así, la figura del dolo eventual se aplica cuando el sujeto tiene presente que la acción que está realizando puede ocasionar la muerte a alguien y, pese a ello, no hace nada por evitarlo; en este caso, la conducción en dirección contraria.