La Audiencia de Barcelona ha ordenado a una madre devolver a sus dos hijos, con los que vivía desde el año 2014 en México, a su padre, al que una sentencia previa había otorgado la custodia de los menores tras el divorcio.

Según detalla la Sección 18 de la Audiencia en su sentencia, la madre, una vez acabado el periodo de vacaciones de verano acordado en 2014, se negó a devolver a sus hijos al domicilio familiar, establecido en la localidad de Cerdanyola del Vallès (Barcelona).

Durante todo este tiempo, ha dictaminado el tribunal, la madre ha adoptado una actitud "perjudicial" para sus hijos, eliminando todo vínculo paternofilial, tomando decisiones de forma unilateral y ocultado información al padre de los menores.

La abogada del Colectivo Ronda Esther Costa, que ha representado al padre durante el proceso judicial, ha destacado el carácter "innovador" de la resolución de la Audiencia de Barcelona, al asegurar que este tipo de sentencias acostumbran a fallar a favor del progenitor que sustrae a los menores.

Este tipo de medidas se adoptan para evitar que se perjudique, todavía más, el bienestar del menor con un nuevo cambio de domicilio familiar.

"En cierto modo, se acaba premiando la conducta ilícita", ha explicado en un comunicado.

A lo largo del proceso, el Equipo de Asesoramiento Técnico Civil en el Ámbito de la Familia (EATAF) de la Generalitat realizó una serie de informes y valoraciones psicológicas para comprobar cómo afectó a los niños el cambio de domicilio familiar.

Sus informes fueron claves, ya que consideraban que la falta de contacto con su padre estaba "afectando muchísimo" a los menores.