Multa de 500 euros y pérdida de 4 puntos del carné por superar la tasa 0,0 de alcohol al volante: la norma de Tráfico a la que se enfrentan estos conductores
La Ley de Tráfico establece que los conductores no pueden superar la tasa de alcohol establecida al volante

El director general de Tráfico, Pere Navarro. / EFE
El alcohol en los conductores es uno de los principales causantes de la siniestralidad en las carreteras. Según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), representa entre el 30% y el 50% de los accidentes mortales en las carreteras españolas.
La normativa recoge una serie de medias que deben cumplir los conductores, entre ello no superar la tasa de alcohol permitida. Sin embargo, el principal problema lo tiene los menores de edad, que son quienes deben hacer frente unas restricciones más estrictas que los mayores de edad.
Una tasa que afecta a los menores de edad
Desde la reforma de la Ley de Tráfico que entró en vigor en marzo de 2022, los menores de 18 años que conduzcan cualquier vehículo no pueden superar los 0 gramos por litro en sangre ni los 0 miligramos por litro en aire espirado.
Por lo tanto, un menor que circule en bicicleta, patinete eléctrico o ciclomotor también está obligado a cumplir esta tasa.

Las autoridades ponen el foco en el consumo de alcohol al volante / EFE
Multas elevadas y pérdida de puntos
Superar la tasa de alcohol permitida, no solo supone un riesgo para la propia seguridad vial sino también para la del resto de usuarios que circulan por la vía. No obstante, los menores que conduzcan tras haber consumido alcohol se enfrentan a graves sanciones económicas con pérdida de puntos.
La multa puede alcanzar 500 euros cuando la tasa no supere los 0,50 mg/l en aire espirado. A esto, se le puede sumar la pérdida de 4 puntos si el vehículo que conducir no cuenta con permiso o licencia.
En el caso de que circule en bicicleta o patinete eléctrico, la sanción económica se mantiene, pero no se aplica la retirada de puntos porque no se trata de vehículos que exija permiso de conducir.
Si la tasa supera los 0,50 mg/l o si el menor se niega a someterse a la prueba de alcoholemia, la multa puede ascender hasta los 1.000 euros.
Los mayores de edad tienen otra tasa
La tasa máxima de alcohol para conductores noveles y profesionales es 0,15 mg/l en aire espirado o 0,5 g/l en sangre. En cambio, para el resto de conductores es de 0,25 mg/l y, si se superan 0,60 mg/l, es un delito. Además, la presencia de cualquier tipo de drogas en el organismo es motivo de sanción.
El alcohol sigue siendo un de los principales factores de riesgo en las carretas, por ello, Tráfico insiste en la que la precaución y la responsabilidad son clave para reducir la siniestralidad en las carreteras. La DGT recuerda que "la única tasa realmente segura es 0,0 g/l".
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