Un padre recurre al Tribunal Constitucional tras ser condenado por una agresión sexual a su hija en Gran Canaria
La defensa sostiene que el tribunal dictó sentencia sin ninguna prueba objetiva y basándose solo en el testimonio de la menor, que no recuerda dónde ni cuándo ocurrieron los hechos

25-11-2025 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. Manifestación 25N | 25/11/2025 | Fotógrafo: Andrés Cruz / Andrés Cruz / LPR
Benyara Machinea
Marzo de 2019. La policía se presenta en el puesto de trabajo de un profesor universitario de Las Palmas de Gran Canaria para detenerlo por una presunta agresión sexual. Su hija, menor de edad, lo acusa de haber abusado de ella desde que tenía ocho años durante los regímenes de visitas. Cinco años después, es condenado por la Audiencia Provincial de Las Palmas a una pena de 14 años de cárcel. Su defensa, sin embargo, ha decidido presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional bajo el argumento de que la sentencia se basó únicamente en un testimonio de la víctima plagado de "inconsistencias", que -según alega- no sitúa con exactitud dónde ni cuándo ocurrieron los hechos.
Para entender la situación hay que remontarse al año 2010, cuando el recurrente se divorció de su pareja y acordaron que la guardia y custodia de los dos hijos del matrimonio (un niño y una niña) fuese para la madre, con un régimen de visitas amplio. El padre pasaba dos tardes entre semana y los fines de semana alternos con los menores, a los que pasaba a recoger al colegio y después llevaba a su domicilio, donde pernoctaban en un dormitorio compartido.
El acusado les imponía una serie de reglas, como un límite de tiempo a la hora de usar los teléfonos móviles, lo que provocó que la relación se resintiera con el tiempo y que los niños quisieran pasar más tiempo con su madre. A partir de 2017, cuando su padre volvió a casarse con otra pareja, los menores decidieron poner fin a las visitas tras una discusión por las normas de convivencia.
El recurrente sostiene que la justicia vulneró sus derechos y pide anular el fallo
Un año después, la menor empezó a acudir a terapia con una psicóloga particular, que en una de las sesiones le preguntó por qué no quería ir a ver a su padre, que a qué "tenía miedo", si a que le pegara o le tocara. "Sí, a todo eso", fue la respuesta de la adolescente, lo que llevó a la profesional a comunicarle lo ocurrido a su madre, que confrontó a la menor y decidió denunciar.
A partir de ese momento arrancó el proceso judicial, que ha derivado en una condena ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias y el Tribunal Supremo. El fallo consideró que el acusado, en fechas no determinadas durante el periodo comprendido entre 2014 y 2017, aprovechó los momentos en los que se quedaba con la menor para hacerla objeto de tocamientos en sus partes íntimas.
Sin prueba directa
En la propia sentencia, los magistrados reconocen que "no hay más prueba directa" de los hechos que el relato de la menor, al que dan credibilidad con la "plena convicción de que la misma no ha fabulado un relato ni por motivos de venganza ni por bastardas motivaciones económicas, sino que ha exteriorizado un suceso vivencial traumático cuya autoría no presenta duda alguna".
La defensa, por su parte, argumentó que la menor no lograba situar donde habrían tenido lugar los hechos, omitió decir que compartía habitación con su hermano y tiene antecedentes por fabulaciones, ya que en el pasado se había inventado un episodio de bullying en el colegio y sus profesores vieron que se enviaba notas insultándose a sí misma. Por otro lado, cuestiona que no pudieron preguntarle por las posibles "contradicciones" porque, una vez adulta, no volvió a declarar en el juicio, pese a que había sido acordado, tras presentar un informe médico por un episodio de ansiedad.
El acusado ha decidido agotar todas las vías y ha pedido un indulto y presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Sostiene que la sentencia vulnera los derechos a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva, a un proceso con todas las garantías y a utilizar los medios de prueba necesarios para la defensa.
Según su versión, la víctima omitió decir que compartía habitación con su hermano y tiene antecedentes por fabulaciones
El recurso alega que el caso partió del relato de un único episodio de tocamientos, pero a lo largo de la fase de instrucción fue modificándose, llegando a hacer mención a episodios de penetración vaginal y anal. Según la defensa, el tribunal se basa en una serie de argumentos que "pretenden justificar todo aquello que contradice o perjudica la declaración" de la menor o "negar validez a lo que apoya la tesis de la defensa". En este sentido, asegura que descarta los dos primeros informes elaborados por el Instituto de Medicina Legal, que detectan "importantes problemas" en el testimonio de la víctima y sí tiene en cuenta el tercer informe, que no razona los motivos de las discrepancias.
"El respeto a los derechos fundamentales del acusado exige que el tribunal realice un análisis racional y fundado de la prueba practicada para, a partir de él, llegar a una conclusión sobre cómo acaecieron los hechos objeto de enjuiciamiento, lo que en este caso no ha sucedido", argumenta esta parte, que ruega al Constitucional que restablezca los "derechos fundamentales vulnerados" mediante la anulación de las sentencias previas.
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