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BaiJavier explica desalojar a los okupas en 48 horas: así funciona la Ley de Eficiencia del Servicio de Justicia

Desde abril está en vigor la reforma que agiliza los juicios rápidos por allanamiento de morada y usurpación de vivienda que permitirá acabar con los okupas en 48 horas o quince días, según el tipo de delito

BaiJavier revela los secretos de la nueva Ley de Eficiencia del Servicio de Justicia

BaiJavier revela los secretos de la nueva Ley de Eficiencia del Servicio de Justicia / ED

Luis Miguel Mora

Luis Miguel Mora

Los okupas en casas pueden tener los días contados gracias a la reforma de la Ley de Eficiencia del Servicio de Justicia. Según ha explicado el creador de contenido BaiJavier, la normativa actualiza la ya existente y permite que estos casos pasen a ser juzgados por la vía rápida. De este modo, los desalojos se producirán de una manera muy rápida.

Desde el pasado 3 de abril, las personas que tienen okupas en sus viviendas han recibido grandes noticias, porque ha cambiado la legislación frente a este problema. A partir de ahora, los casos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda se tramitan ahora como juicios rápidos, lo que permite resolverlos en un máximo de quince días desde que el juez recibe la denuncia.

Los okupas de El Toscal abandonan la propiedad

El Día

La entrada en vigor de la reforma de la Ley de Eficiencia del Servicio de Justicia distingue entre dos escenarios: allanamiento de morada o usurpación de vivienda.

Desalojo inmediato en 48 horas por allanamiento de morada

El allanamiento de morada se produce cuando alguien entra sin permiso en la vivienda habitual de una persona. En estos casos, si se avisa a la policía en las primeras 48 horas, los agentes pueden proceder al desalojo inmediato sin necesidad de juicio, al tratarse de un delito penal que atenta contra la intimidad del hogar.

Este delito se considera una violación grave de los derechos fundamentales, ya que afecta directamente la seguridad y privacidad de los individuos en su propio hogar. Además, está tipificado en el Código Penal y tiene sanciones importantes para el delincuente, que incluyen penas de prisión. Es fundamental actuar con rapidez en estos casos, ya que las primeras horas son cruciales para garantizar una intervención efectiva por parte de las autoridades

Juicio rápido en quince días por usurpación de vivienda

La usurpación de vivienda, que se da cuando la ocupación afecta a un piso vacío, un local o un edificio que no es la vivienda habitual. Aquí sí es necesario acudir a un juicio, pero la reforma legal introduce un cambio clave. El proceso debe resolverse en un máximo de quince días. De esta forma, se agilizan los plazos que antes podían extenderse durante meses o incluso años.

Sin embargo, esta reforma deja un gran vacío legal que genera un problema para muchos propietarios. La ley no afecta a los llamados 'inquiocupas', es decir, a los inquilinos que dejan de pagar el alquiler pero permanecen en la vivienda. En estos casos, continúa aplicándose el procedimiento clásico de desahucio por impago, con los plazos habituales marcados por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

La okupación es uno de los problemas que más preocupan a los españoles

La ocupación de viviendas es un tema que ha generado gran debate social y político, porque según los últimos datos del Ministerio del Interior, en 2023 se registraron más de 16.000 denuncias por ocupación ilegal en España, aunque expertos advierten que no todos los casos se ajustan a la misma tipología.

Con esta reforma, el Gobierno busca dotar a los jueces de herramientas más rápidas y eficaces para dar respuesta a los propietarios, al tiempo que se mantiene la protección a colectivos vulnerables en situaciones de exclusión.

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