Tribunales
Nueva fecha en el caso Juana Rivas: tendrá que declarar el 30 de octubre por supuesta sustracción de su hijo menor
La madre de Maracena tendrá que declarar como investigada tras la denuncia presentada por su ex, Francisco Arcuri, después que su hijo menor no regresara a Italia el pasado enero, tras las vacacione de Navidad

Juana Rivas declarará el 30 de octubre por un posible delito de sustracción de menores
Patricia Godino
La crónica judicial del caso Juana Rivas tiene una nueva fecha marcada en rojo en el calendario: el 30 de octubre. El Juzgado de Instrucción número 4 de Granada ha citado a declarar el próximo 30 de octubre como investigada a la madre de Maracena por la presunta comisión de un delito de sustracción de menores, en concreto de su hijo Daniel, que hoy tiene 11 años. Esta citación responde al recurso planteado por su ex marido, el italiano Francesco Arcuri, que interpuso una denuncia contra su ex pareja y madre de sus hijos por supuesta sustracción de menores. Finalmente, tras el archivo del juzgado de instrucción, el pasado 24 de julio la Audiencia Provincial de Granada estimó parte del recurso presentado por los abogados de Arcuri.
En concreto, Arcuri presentó esta denuncia al incumplirse, tras las vacaciones de Navidad, la vuelta del menor a Italia en enero, en cumplimiento de la guarda y custodia que el progenitor tiene de él. El ex de Rivas denunció ante los tribunales italianos la sustracción de su hijo menor por parte de la madre tras expirar el plazo del 8 de ese mes fijado por la Corte de Apelación de Cagliari para que regresara con él tras las fiestas navideñas.
En el auto de la Audiencia, con fecha de 24 de julio, admitió parcialmente el recurso de apelación al archivo que hiciera en su día, en concreto el 9 de mayo pasado, el Juzgado de Instrucción número 4 de Granada de la denuncia del padre. Esta denuncia también alegaba la presunta comisión por parte de Juana Rivas de maltrato habitual y de lesiones (psicológicas) en el ámbito familiar, extremo este que la Audiencia rechazó investigar, según consta en el auto, al que tuvo acceso Europa Press. Rivas tendrá que declarar como investigada a las 10,00 horas el 30 de octubre y el próximo 22 de septiembre, se cita a través de su representación procesal a Arcuri, como denunciante.
Esta decisión de la Audiencia trascendió en una semana especialmente crítica para el caso Juana Rivas: el 22 de julio pasado estaba fechada la entrega del niño al padre pero, finalmente, el extraordinario revuelo mediático que se produjo en el Punto de Encuentro Familiar y la situación que presentaba el niño hizo inviable, a juicio de los técnicos y avalado por la jueza del caso, abortó esta entrega. Días después, el 25 de julio, el menor fue entregado a su padre.
En enero de 2025, el Juzgado de Instrucción nº4 de Granada dictó una medida cautelar que permitió a Daniel permanecer temporalmente en España tras escuchar su testimonio. En febrero de 2025, el Tribunal de Cagliari volvió a otorgar la custodia de Daniel a Arcuri, desoyendo la imputación de la Fiscalía italiana contra él por presunto maltrato habitual a sus hijos, con una posible pena de hasta siete años. Por esta denuncia, Arcuri tendrá que declarar próximamente ante la justicia italiana.
Según informaron desde el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el padre del menor interpuso una denuncia que recayó en el Juzgado de Instrucción número 4 de Granada. A través del auto de fecha 9 de mayo de 2025, la jueza acordó inadmitir a trámite la denuncia presentada y archivar las actuaciones en relación a la presunta comisión por Rivas de delitos de sustracción de menores y de maltrato habitual y lesiones en el ámbito familiar. La Audiencia revocó parcialmente dicha resolución y acordó en su lugar admitir a trámite la denuncia en relación a la sustracción de menores.
Ya en abril de 2021, el pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó la condena a Juana Rivas por delito de sustracción de menores, después de que en verano de 2017 los niños no volvieran con su padre
La Audiencia repasaba la jurisprudencia que apunta a que el tipo penal delimitado en la sustracción de menores "trata de evitar" que, "por decisión unilateral de un progenitor, que acude a unas ilegítimas vías de hecho, el otro progenitor se vea privado del derecho de custodia sobre su hijo". En este caso, el "relato fáctico" apuntaría a una conducta "tendente alterar unilateralmente el régimen de establecido por los tribunales italianos", reteniendo al niño "en su compañía con incumplimiento de lo ordenado por la citada autoridad judicial competente", prosigue.
Ya en abril de 2021, el pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó la condena a Juana Rivas por delito de sustracción de menores, después de que en verano de 2017, cuando saltó a los medios este caso, pasara un mes en paradero desconocido con sus dos hijos incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a entregárselos al padre. Posteriormente, Rivas vio reducida su pena de cinco años a dos años y seis meses de prisión al considerar que, aunque fueron dos los menores sustraídos, cometió un único delito y no dos. Posteriormente, un indulto del Gobierno rebajó la pena de prisión a un año y tres meses y conmutó la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad por una pena de 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
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