Un abogado revela el "truco legal" para que no pagues más multas de la Guardia Civil
Si la sanción no cumple con este requisito de la ley, el documento no será válido y quedarás exento de abonarla

PI STUDIO
A nadie le gustas que ni la Guardia Civil de Tráfico ni la Dirección General de Tráfico (DGT) les ponga una multa por una mala conducción. Durante el verano, se multiplican las notificaciones por mala praxis, debido a que los agentes redoblan sus esfuerzos para garantizar la seguridad de todos los conductores. Además, en esta época del año, se ponen más radares móviles y cámaras de vigilancia que tienen el objetivo de cazar a los que se salten el Reglamento General de Circulación. Sin embargo, para que las sanciones sean efectivas, se deben cumplir estas condiciones, como explica el abogado Miguel Ángel Mejías.
¿Te han multado por ir a 126 km/h en una autovía con límite de 120 km/h? Por suerte, podrías librarte de pagar esa multa, al existir un truco legal basado en el margen de error que la normativa obliga a aplicar a los radares de tráfico en España.

Cuadro con la velocidad permitida y multas en función del exceso de velocidad / Mapfre
Según explica el abogado, la ley exige que para que las sanciones por exceso de velocidad sean válidas, debe aplicarse un margen de error al resultado captado por el radar, ya que estos dispositivos no son completamente precisos. El porcentaje de margen varía dependiendo de si el radar es fijo o móvil. Para los radares móviles, como en el ejemplo citado, la ley establece un margen de error del 7%, lo que equivale a restar 7 km/h a una medición de 126 km/h.
La DGT también se equivoca
El marco legal que regula esta situación está contemplado en la Orden ITC/3123/2010, que recoge los márgenes de error admitidos para los dispositivos de medición de velocidad. Si la Administración no aplica esta corrección en el expediente sancionador, la multa se considera defectuosa y, por tanto, recurrible.

Errores permitidos en fnción de la velocidad marcada por la DGT / BOE
"Si en el expediente no aparece la corrección de la velocidad, eso significa que no han aplicado el margen de error y, por tanto, la multa es nula y se puede recurrir y ganar", señala Mejías. Además, afirma que ya se han conseguido sentencias favorables en casos similares.
Este recurso es una manera efectiva de impugnar sanciones leves, especialmente aquellas que superan por poco el límite de velocidad. Así que, si te multan por exceso de velocidad, revisa bien la carta y asegúrate de que hayan aplicado correctamente el margen legal. De no ser así, tienes en tu mano la posibilidad de anular la multa y ahorrarte mucho dinero.
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