Soy abogado y respondo a la duda de todos los trabajadores: ¿pueden obligarme a trabajar el Día de Todos los Santos?
Existen diferentes posibilidades que pueden hacer a un trabajador acudir a su puesto de trabajo en un día festivo
¿Me pueden despedir si me niego a ir a trabajar cuando hay una DANA? Esto dice la ley

El día 1 de noviembre es día festivo, pero algunos trabajadores deben acudir a su piuesto de trabajo / María Pisaca
Los días festivos son para la mayoría de los trabajadores un motivo para sonreír, ya que ese día están libres de hacer la rutinaria actividad laboral. Sin embargo, esto no es igual para algunas personas, que por su oficio se ven a obligados a trabajar. En estos casos, la ley es clara: ¿pueden los empresarios obligar a trabajar?
Esto dice la ley española
Normalmente, estos días son opcionales (como las horas extra), aunque hay algunas excepciones. Lo principal que debes saber es que, según el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, tienes el derecho sí o sí a disfrutar de 14 festivos al año, los cuales son "pagados y no recuperables". Es decir, no te quitan nada de sueldo y tampoco tienes que compensarlos haciendo más horas luego.
Pero hay excepciones. Por ejemplo, si nos contrataron específicamente para trabajar fines de semana o festivos, en ese caso sí tendríamos que trabajar esos días. También es obligatorio si nuestro convenio colectivo lo establece (como en sectores que no paran, tipo hostelería) o si se acordó en el contrato desde el principio. Otro caso en el que podrían pedirnos trabajar en festivo es por causas de fuerza mayor, aunque esas razones tendrían que estar bien justificadas.
La compensación por trabajar un día festivo
En cualquier caso, trabajar días festivos tiene compensaciones, ya sean económicas o descansos. Por ello, es fundamental conocer lo que está escrito en el convenio colectivo si debe decidirse si se pagan y cuánto, o si se compensan con un periodo de días libres equivalente, sumándolo a nuestro descanso semanal, a las vacaciones o en otro momento. Esto también se puede acordar entre la empresa y los trabajadores o dejarlo claro en el contrato de trabajo.
No todo queda en manos del convenio, ya que existe un mínimo establecido. El artículo 47, que regula las jornadas de trabajo, jornadas especiales y descansos, dice que "cuando, por razones técnicas u organizativas, no se pueda disfrutar del día de fiesta o del descanso semanal, la empresa tiene que pagarle al trabajador, además del salario de la semana, las horas trabajadas ese día festivo o de descanso, con un incremento mínimo del 75%, salvo que se le dé un descanso compensatorio".
Sin embargo, están al margen de todos estos convenios y leyes aquellas personas que han sido contratadas únicamente para trabajar en días festivos, ya que no les pertenece ningún tipo de compensación.
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