Denunciada por una víctima
El TEDH condena a España por la "defectuosa" investigación de una red de trata de personas
Estrasburgo considera que las diligencias practicadas fueron insuficientes, por lo que la víctima que denunció debe ser indemnizada con 15.000 euros por daños y 12.000 por los gastos generados

Fachada de la sede del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo (Francia). / EFE

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España a indemnizar con 15.000 euros, en concepto de daños, y con 12.000 euros más, por los gastos que le ha supuesto la demanda, a una ciudadana nigeriana que denunció haber sido víctima de una red de trata de personas que la habría obligado a ejercer la prostitución bajo la amenaza de un ritual de vudú. Estrasburgo considera que la investigación que se abrió en juzgados andaluces no cumple los requisitos que habrían proporcionado a la mujer una satisfacción judicial real.
La sentencia dada a conocer este jueves concluye que la respuesta de la justicia española a la denuncia de la mujer fue "defectuosa hasta el punto de constituir una violación de la obligación procesal del Estado demandado en virtud del artículo 4" del Convenio Europeo de Derechos Humanos, por "no actuar con prontitud y seguir varias líneas de investigación obvias".
En su opinión, la denuncia fue desestimada provisionalmente en 2017 de manera superficial, con lo que "las autoridades españolas mostraron un flagrante desprecio por la obligación de investigar acusaciones graves de trata de personas, un delito con consecuencias devastadoras para sus víctimas".
El tribunal con sede en Estrasburgo señalan que la denunciante, T.V., se encontraba en una situación de extrema vulnerabilidad y las autoridades españolas siempre la han considerado víctima de trata de personas, pero aún así no investigaron con la debida diligencia su denuncia consistente en que llegó a España procedente de Nigeria con un pasaporte de adulta vía París.
Una vez en España un familiar suyo le obligó a ejercer la prostitución para pagar la deuda que habría contraído en el viaje y la disuadió por medio de vudú de denunciar a los traficantes ante la policía.
La investigación llevada a cabo "adoleció de lagunas", porque se abrió oficialmente en 2011 y las personas a los que identificó no fueron detenidos hasta 2013, "casi tres años después de presentada la denuncia penal". Tampoco se siguieron todas las líneas de investigación, "a pesar de que la demandante había proporcionado en su denuncia una descripción detallada de los supuestos hechos, incluida su llegada a España y su trabajo".
Ni siquiera aunque había discrepancias entre los denunciados sobre si el local en la localidad sevillana de Marchena en el que la mujer había trabajado era un club de alterne o no. Tampoco se investigaron otros clubes en los que dijo haber trabajado entre 2003 y 2007, ni se verificaron sus declaraciones sobre dos detenciones por la ley de extranjería que alegó haber tenido en 2005, pese a que ello podría haber corroborado su afirmación de que la policía había le confiscó el pasaporte y uno de los traficantes le proporcionó uno nuevo.
La sentencia es muy dura con la confirmación del archivo adoptado por la Audiencia Provincial de Sevilla, al basarse en sus dudas sobre la edad de la denunciante, si llegó a España siendo niña o ya como adulta al haber utilizado un pasaporte de estas características para llegar al país. El Tribunal Constitucional rechazó también su demanda de amparo.
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