La preocupación por la ocupación ilegal de viviendas ha resonado fuertemente entre las familias españolas, convirtiéndose en un tema de actualidad que parece desafiar soluciones simples. Ante esta problemática, un grupo de abogados ha compartido valiosas pautas para agilizar el proceso de desalojo en caso de verse afectados por esta situación.
El desconocimiento generalizado sobre cómo proceder en caso de enfrentar un episodio de ocupación ilegal, así como la falta de claridad sobre los plazos para recuperar la propiedad, han llevado a la creación de incertidumbre en la población. Marín y Mateo Abogados, reconocidos profesionales en la materia, resaltan que este delito se encuentra regulado tanto en el ámbito penal como en el civil, brindando un marco legal para abordar esta problemática.
Perspectiva penal de la ocupación ilegal
Los expertos explican que diversas situaciones pueden darse en el contexto de ocupación ilegal. Primeramente, se detienen en el delito de allanamiento de morada, que implica la ocupación material de una vivienda con o sin violencia, en contra del consentimiento del propietario. La pena asociada a este delito podría llegar a dos años de prisión, incrementándose a cuatro años en caso de violencia. Subrayan que este delito suele ser flagrante, lo que lleva a una acción rápida por parte de la policía o del sistema judicial para devolver la propiedad a su dueño legítimo.
Otra situación contemplada es la usurpación de inmuebles ajenos con violencia, donde existe ocupación pero no se considera morada. Para enfrentar esta situación, se puede presentar una denuncia y abrir un proceso judicial, solicitando el desalojo de los ocupantes irregulares como medida cautelar.
Para que se establezca una medida cautelar, se deben cumplir ciertos requisitos, entre ellos la demostración de una necesidad y urgencia por parte de la víctima. Los abogados revelan que si estos requisitos se cumplen, la recuperación de la propiedad puede ser casi inmediata.
Desafíos en la ocupación leve de viviendas
En el caso del delito de leve usurpación de vivienda sin violencia, el panorama se complica. Aunque se puede solicitar una medida cautelar, demostrar la necesidad de la víctima ante el juez resulta más complejo. La fecha del desahucio se establecerá en la sentencia, y es posible que los ocupantes ilegales presenten un recurso de apelación, lo que podría extender el proceso hasta diez meses.
El desahucio exprés: Una opción rápida
El desahucio exprés es una vía relativamente reciente. Desde la notificación de la demanda, los ocupantes ilegales tienen cinco días para presentar el título de ocupación. Si no lo hacen, el juez emitirá una orden de desalojo de manera inmediata.
Este proceso no admite recursos y establece condiciones para el demandante, quien debe ser el propietario o usufructuario, haber sido despojado de la propiedad y ser una persona física o entidad sin ánimo de lucro. A través de esta opción, es posible desalojar a los ocupantes en tan solo un mes.
Una solución efectiva para recuperar la vivienda
En casos donde se ocupe una vivienda principal o secundaria, o incluso si se utiliza la violencia, la solución puede ser más sencilla. La asistencia policial o medidas cautelares pueden ser empleadas para desalojar a los ocupantes ilegales.
En situaciones de usurpación de propiedad, el enfoque debe variar según la titularidad. Si el demandante es una persona física, el desahucio express podría ser la opción más adecuada, ya que acelera los plazos. Sin embargo, en el caso de una persona jurídica, tanto el juicio por precario como el proceso penal podrían prolongarse excesivamente. En cualquier caso, el juicio de desahucio por precario podría ser la solución más efectiva, especialmente considerando que las apelaciones en el proceso penal podrían retrasar significativamente la recuperación de la propiedad.