Un año de cárcel por llevarse las ventanas de un edificio vacío en Tenerife

El inmueble estaba vacío pero a la espera de recibir la primera licencia de ocupación

Exterior del Palacio de Justicia en Santa Cruz de Tenerife.

Exterior del Palacio de Justicia en Santa Cruz de Tenerife. / E. D.

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha impuesto la pena de un año de cárcel a una mujer que forzó la puerta de un edifico situado en el barrio de Taco en La Laguna, cuyas viviendas estaban vacías y robó varias ventanas metálicas.

El Juzgado la condenó en su momento por un delito de robo con fuerza en las cosas tras quedar probado que sobre las 13:30 horas del 28 de marzo de 2012, la acusada rompió una cerradura del inmueble propiedad de una promotora.

Una vez dentro, la mujer junto con otras personas que no han sido identificadas, tras manipular y apalancar puertas y ventanas metálicas de varios pisos se apoderaron de las mismas y se dieron a la fuga.

La procesada fue localizada en una plaza que está a doscientos metros de donde ocurrieron los hechos portando parte de los elementos desmontados, mientras que las demás personas consiguieron huir con los efectos sustraídos.

A la única detenida se le atribuye haber ocasionado desperfectos que no fueron tasados en su totalidad, en el inmueble que se encontraba terminado pero sin habitar a la espera de recibir la primera licencia de ocupación y tan solo se pudieron valorar dos contraventanas de aluminio que sumaban 450 euros que estaban en poder de la mujer, mientras que el resto nunca fue recuperado.

El dueño de la promotora renunció a cualquier indemnización que le pudiera corresponder.

Ante la Audiencia, la mujer alegó que se había cometido una infracción del derecho fundamental como es la presunción de inocencia al ser imputada en un procedimiento penal.

Además manifestó que la acusación debe plantearse de una manera lógica y objetiva, lo que según considera no ocurrió en este caso. La Audiencia responde que se dan los indicios suficientes como para haber concluido en su culpabilidad, tal y como se demostró en el juicio celebrado en su día, al que ni siquiera compareció la mujer.

La condena tiene su fundamento en los testimonios de los agentes de la policía que intervinieron de forma inmediata una vez que recibieron la información y la prueba definitiva sería que en poder de la detenida se encontró parte del material robado y que además fue localizada en los alrededores de donde se cometió el delito.

En definitiva, la Audiencia concluye con que queda demostrada la responsabilidad penal de la procesada a la que se le atribuye usar la fuerza física para robar las ventanas y puertas y fracturar la puerta de entrada, lo que supone un delito de robo con fuerza en las cosas.