Cambio importante en los radares de la DGT: ahora saltarán a estas velocidades
El organismo de tráfico busca reforzar la seguridad vial de los conductores

Un vehículo circula por un tramo de carretera con radar. / E. D.
El Periódico
La temida presencia de radares de tráfico en las vías circulatorias presenta una novedad importante para los conductores españoles. Una orden ministerial modifica el control metrológico de estos aparatos y hace que cambie su homologación.
Hasta ahora tanto los radares fijos como los móviles que coloca Tráfico siguen la norma del 5 y del 7 para determinar cuándo hay sanción o no. Cuando la velocidad no supera los 100 km/h, el margen de tolerancia es de +/-5 km/h en los radares fijos y del +/-7 km/h en los móviles. Para las mediciones que superen los 100 km/h, +/-5 o +/-7 %.
Con la nueva orden ministerial, el margen para los radares fijos de instalación estática en mediciones inferiores de 100 km/h es de 3 km/h, mientras que en las superiores es del 3%.
Por su parte, los radares móviles pasarán a tener un error máximo de 5 km/h para mediciones que no excedan los 100 km/h y de un 5% para situaciones en las que se superen.
En cuanto a los radares de tramo, el margen es de +/-3 km/h o +/-5 km/h en el caso de mediciones inferiores a 100 km/h, y de +/-3 % o +/-5 en el caso de más de 100 km/h.
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