Recomendación médica

El TC avala el ingreso hospitalario forzoso de una mujer de Asturias que quería parir en casa

La sentencia declara que la decisión médica fue necesaria para preservar la vida de la bebé, que nació por cesárea urgente

Una imagen del Tribunal Constitucional.

Una imagen del Tribunal Constitucional.

Ángeles Vázquez

El pleno del Tribunal Constitucional ha avalado el ingreso hospitalario de una gestante que quería dar a luz en su domicilio, al entender que esa decisión no vulneró sus derechos a la igualdad, a la integridad física y moral, a la libertad ideológica y a la intimidad personal y familiar. La sentencia, no obstante, ha contado con los votos particulares de la vicepresidenta del órgano de garantías, Inmaculada Montalbán, y la magistrada María Luisa Balaguer.

El caso estudiado por el tribunal fue elevado al pleno hace algo más de un año. La mujer recurrió la actuación del Servicio de Salud del Principado de Asturias de ingresarla en el Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) entre el 25 de abril de 2019 hasta su alta, tras el nacimiento por cesárea de su hija el 26 de abril de 2019. La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Concepción Espejel, declara que la vigilancia fetal continuada que recomendaron los médicos y motivó el ingreso hospitalario era necesaria para preservar la vida y la salud del nasciturus.

Sin vulneración de derechos

También considera que las actuaciones médicas, que desembocaron en un parto por cesárea urgente, resultaron necesarias al tratarse de un embarazo de riesgo que ya había sobrepasado la semana 42 de gestación, con el consiguiente peligro de hipoxia fetal y muerte intrauterina que existía. La mujer, aunque se resistía a dar a luz en el hospital, no vio limitado su derecho de autonomía como paciente y al consentimiento informado, declara la sentencia.

La sentencia concluye que la actuación del Servicio de Salud del Principado de Asturias, ejecutado a través del HUCA, no ha constituido un trato discriminatorio desfavorable de la recurrente por razón de sexo ni la ha privado del derecho de autodeterminación como paciente y del derecho al consentimiento informado.

La vicepresidenta del Constitucional discrepa de la mayoría del pleno, porque entiende que la actuación médica sobre la mujer embarazada, que había sido ingresada contra su voluntad, sí vulneró su derecho a la autonomía del paciente y a consentir de modo libre, informado y consciente.