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Disparidad de criterios en Tenerife para conceder órdenes de alejamiento

Dos partidos judiciales deniegan hasta el 70% de las peticiones de protección a mujeres víctimas

Una mujer sostiene una pancarta para denunciar la violencia machista en una manifestación en Tenerife. Andrés Gutiérrez

Los partidos judiciales de Tenerife no se ponen de acuerdo a la hora de conceder las órdenes de alejamiento o protección a las mujeres víctimas de violencia de género que lo solicitan. El partido judicial de San Cristóbal de La Laguna y el de Güímar en los últimos dos ejercicios (2020 y 2021) apenas han dado el visto bueno a entre el 10 y el 30% de las peticiones realizadas por estas mujeres.

Estos números contrastan con el de otros partidos judiciales de la isla que llegan a conceder entre el 80% y hasta el 100% de las órdenes de alejamiento que solicitan las víctimas. A raíz de estos datos el Foro de la Violencia de Género de Tenerife, formado por un grupo de profesionales de distintas ramas, ha mostrado su preocupación por la disparidad de datos y criterios en las distintas zonas de la isla. El Foro ha elevado una petición formal a la Adjuntía de Igualdad del Diputado del Común para que inste a las instancias judiciales a revisar los datos y llevar a cabo «las acciones oportunas» para corregir esta disparidad.

Beatriz Barrera, adjunta de Igualdad en la diputación, asegura que no es la primera vez que reciben una queja referente a la falta de protección. «En varias ocasiones han acudido a nosotros mujeres víctimas de violencia de género asegurando sentirse desprotegidas», relata Barrera. En esta ocasión, sin embargo, «es la primera vez que una entidad nos muestra tantos datos sobre la situación».

El Consejo General de Poder Judicial deberá abrir diligencias informativas

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La Diputación del Común de Canarias cuenta con un convenio con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al que ha elevado, de manera directa, esta petición. «Al menos tienen que abrir diligencias de información para saber lo que está ocurriendo», explica Barrera.

De acuerdo a los datos de violencia sobre la mujer procedentes de las estadísticas publicadas por el propio CGPJ, en 2020, el Partido Judicial de San Cristóbal de La Laguna tan solo adoptó 20 órdenes de protección de las 116 recibidas a instancia de las víctimas. Es decir, solo se adoptaron el 17,24%, mientras que el 81,90% fueron denegadas. La historia se repitió en 2021 lo que, a ojos del Foro, es «altamente preocupante». De las 68 órdenes y medidas de protección solicitadas solo se concedieron 19.

En Güímar en 2020 se concedieron tan solo 23 de las 66 órdenes solicitadas (34,8%). En 2021, ese mismo Partido Judicial adoptó 16 (36,3%) y denegó 28.

Estos datos contrastan con las de otras demarcaciones judiciales. Y es que, por ejemplo, en el caso de Arona o Santa Cruz, donde se concedieron el 64% de las solicitadas. En Puerto de la Cruz, en 2021, se llegó a conceder el 100% de las peticiones de protección a las víctimas de violencia de género. Las cifras tan bajas de estos dos Partidos Judiciales contrastan incluso con las de la provincia de Las Palmas de Gran Canaria. En 2021 se adoptaron 131 de las 142 órdenes en esta demarcación, lo que supone el 92% de las solicitudes.

«Los datos llaman mucho la atención», insiste Barrera, que explica que cuando hay una queja de este tipo, es necesario analizar lo que está pasando en todos los partidos judiciales. «Es hora de juzgar con perspectiva de género», insiste la adjuntía de Igualdad.

Barrera considera que, siendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo tan avanzada, se debería proporcionar una mayor garantía a las víctimas de esta lacra machista. «Entiendo que tienen que haber pruebas y evidencias, pero a veces hay que mirar con las gafas violetas este tipo de temas», insiste Barrera.

En Puerto de la Cruz se concede el 100% de las peticiones, mientras que en La Laguna solo el 17%

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La adjuntía de Igualdad recuerda que para una víctima de violencia de género, acudir a los juzgados para solicitar protección frente a su presunto agresor no es tan sencillo. «Cuando el sistema le da la espalda a la víctima y a sus hijos también está ejerciendo la violencia de género contra ella», destaca.

Las órdenes de protección a las víctimas puede establecer tanto medidas penales como civiles. Estas últimas, que contemplan la atribución y disfrute de la vivienda familiar o la delimitación del régimen de custodia, visitas y estancia con los hijos, tendrán una vigencia temporal de 30 días, que deberán ser ratificadas por el juez que resulte competente para ampliarse. «Son medidas cautelares», recuerda la adjuntía de Igualdad.

Tras la adopción de la orden de protección, se deberá informar permanentemente a la víctima sobre la situación procesal del imputado, así como sobre el alcance y vigencia de las medidas cautelares adoptadas. En particular, la víctima será informada en todo momento de la situación penitenciaria del agresor. A estos efectos se dará cuenta de la orden de protección a la Administración Penitenciaria.

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