Condenan al SCS por la muerte de un bebé al no practicar a tiempo la cesárea. Según ha informado el Defensor del Paciente, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en sentencia del 8 de abril ha desestimado el Recurso de apelación formulado por el Servicio Canario de Salud y en consecuencia confirma la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº5 de Las Palmas de Gran Canaria, de 3 de Febrero de 2022, que resolvió condenar a dicho organismo a indemnizar a una familia por el daño moral causado a la familia por la pérdida de un bebé durante el parto de V.R.R.L. en el Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria de Santa Cruz de Tenerife en marzo de 2019.

De esta manera, según el fallo del juzgado administrativo el SCS debe abonar a los padres e hijas menores la cantidad de 180.000 euros ((70.350 € a cada progenitor y 20.100 € a cada hija menor), todo ello incrementado con los intereses legales y costas del procedimiento.

Según indica el Defensor del Paciente, "la mala praxis seguida en la atención al parto, en resumen, se concreta en que la indicación de cesárea urgente se hizo dos horas después de la aparición de patrones no tranquilizadores de la frecuencia cardiaca fetal, que obligaban a analizar muestras de sangre fetal para descartar o comprobar hipoxia, y en su caso practicar esa cesárea".

El niño nació vivo, aunque agonizante, con un PH de cordón en acidosis extrema, 6.63, consecutiva a asfixia fetal intraparto como corroboró la autopsia.

El Juzgado y posteriormente el TSJC, estiman la teoría mantenida por el letrado José Antonio Betes González, abogado colaborador de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’ en Canarias, avalado por prueba pericial que contradice los informes de la Inspección médica y del servicio de ginecología del centro hospitalario.