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Sanidad inicia el cribado de coronavirus a los pasajeros nacionales que entren en Canarias

Las personas procedentes de otra comunidad deberán presentar certificado de vacunación contra la Covid-19 o el de haber superado la enfermedad o bien una prueba diagnóstica negativa

Varias personas son atendidas en un control aeroportuario de certifcados Covid.

El Boletín Oficial de Canarias publica este martes, 30 de noviembre, la Orden del consejero de Sanidad que se regula la realización de cribados a los viajeros nacionales que lleguen por vía aérea o marítima a las islas entre las 00.00 horas de este miércoles, día 1 de diciembre, y hasta las 24 horas del 15 de enero de 2021.

 Con esta medida, que se puede prorrogar más allá del 15 de enero en caso necesario, se busca contener la transmisión de infecciones causadas por la Covid-19, tal y como ya se hizo entre diciembre de 2020 y septiembre de 2021.

 Así, aquellas personas que lleguen a Canarias desde otra Comunidad Autónoma española deberán presentar el certificado vacunal contra la Covid-19, una prueba diagnóstica de infección activa negativa o el certificado de haber pasado la enfermedad con menos de seis meses de antelación a la fecha del desplazamiento.

Esta medida, que se mantuvo vigente entre el 18 de diciembre y el 30 de septiembre, constituye una herramienta necesaria para continuar con el control y contención de casos importados de coronavirus en viajeros procedentes de otros puntos del territorio nacional y mientras se acelera el ritmo de vacunación contra la Covid-19.

Las condiciones recogidas en la norma contemplan la exclusión de la realización de cribados mediante pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros menores de 12 años y tres meses que entren en Canarias procedentes del resto del territorio nacional, por vía aérea o marítima, para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Para el resto de población continuará vigente la normativa que obliga a presentar certificado vacunal contra la Covid-19 o bien a someterse a una Prueba Diagnóstica de Infección Activa (PDIA) para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en origen dentro de las 72 horas previas a la llegada a Canarias en el caso de PCR y 48 horas si se trata de un test de antígeno.

En el supuesto excepcional de que una persona no se hubiera realizado la PDIA en origen, se le realizará en la terminal de llegada; y quienes se nieguen a su realización deberán guardar aislamiento en su residencia durante 10 días, sin perjuicio de las medidas sancionadoras que se pudieran tomar.

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