La Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), ha ratificado la prórroga en la limitación del número de personas no convivientes en reuniones sociales y familiares en atención al nivel de alerta epidemiológica.

Así, en las islas con nivel 1 habrá un máximo de 10 personas, en nivel 2, seis personas y en los 3 y 4, un total de cuatro personas como máximo, y nunca se sobrepasará el límite aunque haya convivientes y no convivientes.

La medida, contra la que cabe interponer recurso, queda en vigor hasta las 00.00 horas del 30 de septiembre.

El auto, hecho público este jueves, considera que la limitación de personas es una "medida proporcionada" en defensa de la salud pública y no restringe los derechos fundamentales de los ciudadanos, más bien los modula pero no los impide.

La Sala valora que el Gobierno de Canarias solicita una medida "escasamente invasiva" con las libertades individuales y con una vigencia limitada en el tiempo, pero advierte al Ejecutivo de que si en el futuro toma medidas más restrictivas deberá someterlas a la ratificación judicial.