La mascarilla en exteriores no será obligatoria a partir del próximo sábado 26 de junio tal y como Pedro Sánchez ha anunciado la mañana de este viernes día 18 en una comparecencia frente a los medios; aún falta por cerrar las situaciones concretas en las que será obligatoria, pero podemos resumirlas en dos: interiores y exteriores en los que no se pueda mantener la distancia social entre los transeúntes:

  • Espacios cerrados de uso público, o abiertos al público.
  • Trenes, barcos, autobuses, metro, tranvía, y en definitiva, cualquier tipo de medio de transporte.
  • Interior de locales comerciales y restaurantes.
  • Teatros y espacios dedicados a la cultura que estén cerrados: anfiteatros, cines, salas de música...
  • Gimnasios e instalaciones deportivas.
  • Cualquier espacio cerrado público en el que no se pueda mantener la distancia de seguridad: trabajos, etc.
  • Espacios abiertos sin distancia de seguridad de 1,5 metros entre personas

El incumplimiento del uso de la mascarilla en estas situaciones seguirá suponiendo una infracción leve y tendrá una multa de hasta 100 euros en caso de burlarse la norma. Esto no cambiará, ya que la sanción hasta el día de hoy es la misma en los casos en los que es obligatorio su utilización.