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Igualdad esgrime el apoyo judicial y social de su ley trans

El departamento de Irene Montero quiere que el Gobierno dé luz verde este febrero a la norma, aunque PSOE y Podemos discrepen

Activistas trans se manifiestan, en la jornada de ayer, delante del Congreso de los Diputados.

Activistas trans se manifiestan, en la jornada de ayer, delante del Congreso de los Diputados. / JOSÉ LUIS ROCA

Patricia Martín

Madrid

El borrador del anteproyecto de la ley trans recoge una antigua reivindicación del colectivo, que una persona pueda cambiar su nombre y su sexo en el DNI solo con la manifestación de su deseo, sin necesidad de aval médico y dos años de hormonación, como exige la ley actual. Es lo que los colectivos trans denominan despatologización o autodeterminación de género, que está recogida ya en 12 leyes autonómicas y cumple con la jurisprudencia del Constitucional y la del Supremo, según sostienen desde el Ministerio de Igualdad.

Pero el PSOE y una parte del feminismo no están de acuerdo en que “los sentimientos o manifestaciones de voluntad de una persona, sobre si se siente hombre o mujer, tengan efectos jurídicos plenos”, por lo que la norma puede sufrir modificaciones. Merece la pena, pues, conocer antes las claves del borrador legal que Igualdad quiere llevar en la primera quincena de febrero al Consejo de Ministros:

Libre autodeterminación de género.

Es la parte de la norma que genera más polémica, y es que desde la reforma de 2007 no se exige que una persona se someta a una operación de genitales para cambiar su afiliación en el Registro Civil y el DNI, pero sí que se hormone durante dos años y disponga de un informe médico que le diagnostique disforia de género. Pero el nuevo borrador legal establece que la certificación registral “en ningún caso podrá estar condicionada a la previa exhibición de informe médico o psicológico alguno” y que solo hace falta la “declaración expresa” de la persona interesa. Tampoco será necesario “la previa modificación de la apariencia por procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole, sin perjuicio del derecho de la persona interesada a hacer uso de tales medios”.

Los menores, a partir de los 16 años.

Según Igualdad, para dar cumplimiento a la jurisprudencia del Constitucional, se elimina el requisito de mayoría de edad para solicitar el cambio registral de sexo, por lo que se podrá solicitar, si finalmente la ley sale adelante, a partir de los 16 años. Y las personas entre 12 y 16 años podrán efectuar la solicitud por sí mismas, con el consentimiento de sus progenitores o a través de sus representantes legales.

Las causas jurídicas, sin modificación.

Ante los recelos que origina en una parte del feminismo la posibilidad de que hombres cambien de sexo para aminorar sus penas de violencia de género, el borrador legal establece que el cambio de sexo “no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudieran corresponder a la persona con anterioridad a la inscripción del cambio registral”.

Omisión del sexo en el caso de personas no binarias.

Las personas que se consideran no binarias, es decir, ni de sexo masculino ni femenino “por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico podrán solicitar que sus documentos oficiales de identificación omitan la mención relativa al sexo”, señala el borrador del anteproyecto legal.

Derecho a las técnicas de reproducción asistida.

Las personas trans con capacidad de gestar podrán ser receptoras o usuarias de las técnicas de reproducción asistida. Además, el sistema nacional de salud ofrecerá tratamiento hormonal, terapia de voz, cirugía en genitales y otros tratamientos que precisen, pero se prohíbe que se les obligue a que se sometan a tratamiento.

La competición deportiva, previo paso por el registro.

Para que las personas trans puedan participar en las competiciones deportivas de su sexo sentido deberán haber efectuado antes el cambio en el registro, salvo los menores.

En prisión, conforme al sexo registral.

Por último, el borrador legal prevé que las personas presas tengan derecho a que se les interne conforme a su sexo registral.

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