La Sección II de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife condenó a 10 años de prisión a José Antonio Pérez Hernández como autor de un delito de homicidio, pues mató de cinco puñaladas a su amigo Manuel Marcos de varias puñaladas en la localidad de Guamasa, en el municipio de La Laguna, en julio del 2018. Además, el acusado deberá indemnizar con 150.000 euros a los hijos de la víctima. Los hechos ocurrieron después de que ambos estuvieran tomando copas en dos bares de la citada zona, donde discutieron en presencia de varios testigos.

El juicio por este caso se desarrolló en octubre pasado y el Tribunal de Jurado declaró culpable a Pérez Hernández. El ahora condenado y el fallecido estuvieron tomando copas durante la noche del 5 de julio del 2018, puesto que eran amigos. Según el testimonio del acusado en la vista oral, la discusión entre ambos empezó en el momento en que Pérez Hernández se quejó de que Manuel nunca pagaba las copas. Y, supuestamente, según explicó el sospechoso a los integrantes del Tribunal del Jurado, la víctima mencionó a su madre de mala manera en presencia de otras personas en el segundo bar en el que estuvieron.

A partir de ese momento, ambos se marcharon del local por separado. El trágico suceso se produjo a la entrada de la pista que conduce hasta la vivienda del acusado, cerca del número 158 del Club de Golf de Guamasa, cerca del retaurante la Abuela Chicha.

Durante el altercado, el investigado, en gran estado de alteración y con absoluto desprecio por la vida de su amigo, le clavó diversas puñaladas en el cuello con una navaja multiusos que portaba y era absolutamente consciente del riesgo que tal acción entrañaba, según consta en la sentencia.

Manuel Marcos recibió cinco puñaladas en el lado izquierdo del cuello, que le causaron la muerte.

A continuación, mientras la víctima agonizaba en la cuneta de la carretera, el investigado no le prestó auxilio ni llamó a los servicios de emergencia, sino que se fue a su casa a guardar su vehículo y a coger una cincha.

Ocultación del cuerpo

Después regresó al lugar del suceso y, tras confirmar que su amigo había fallecido, con la intención de dificultar la localización del cadáver, lo arrastró desde la cuneta hasta el interior de una finca abandonada en las inmediaciones. El cuerpo sin vida fue localizado el día 8 de julio, después de que una hermana de Manuel Marcos denunciara su desaparición y hallara su cartera en las proximidades del lugar en el que se produjo el homicidio.

Según la sentencia, la defensa de José Antonio Pérez alegó la eximente incompleta, sin concretarla; la de obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante, sin concretar, así como la de confesar el delito a las autoridades.

En la sentencia, el presidente del Tribunal del Jurado, el magistrado Joaquín Astor Landete, recuerda que el resultado de la muerte quedó probado por el reconocimiento del hecho por el propio encausado y a partir de la declaración pericial de los médicos forenses, que declararon en la vista oral, en base a las lesiones detectadas en el levantamiento del cuerpo y en la autopsia. Dichos profesionales del Instituto de Medicina Legal determinaron que las heridas en el cuello de la víctima eran compatibles con el ataque realizado con la mencionada navaja multiusos, que fue intervenida en la vivienda del acusado y con la que este reconoció haber cometido el homicidio.

Para la citada autoridad judicial, “resulta evidente que encausado era consciente que con dicha acción persistente el resultado de muerte es consecuencia necesaria, estableciendo así el nexo causal, pues dicho conocimiento pertenece al común de los humanos”. Además, expone que José Antonio afirmó en el juicio que permaneció junto a su amigo “más de una hora mientras agonizaba, sin solicitar auxilio o asistencia médica para el mismo, que siguió desangrándose hasta que comprobó el fallecimiento y, posteriormente, tras haber recogido del domicilio una cincha o eslinga”, la ató al cuerpo y arrastró este hasta ocultarlo en un descampado.

Contra la citada resolución se puede presentar recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TJSC).