El uso de la mascarilla será obligatorio en los espacios cerrados de uso público, independientemente de que se pueda mantener la distancia física entre personas de 1,5 metros. Así se acordó ayer en el Consejo de Gobierno de Canarias, junto a otra serie de medidas que endurecen las normas sanitarias contra la Covid-19 en los locales del sector de la restauración, además de proponer una serie de recomendaciones para disminuir el riesgo de contagio del virus en fiestas o reuniones familiares.

Según destacó el portavoz del Gobierno de Canarias, Julio Pérez, todas las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarilla en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público con independencia del mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros. Se mantiene la obligatoriedad en la vía pública y en espacios al aire libre, como las playas, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.

Pérez indicó que los titulares de establecimientos, espacios y locales deberán garantizar el cumplimiento de estas obligaciones en ellos y establecer mediante señalética la distancia de seguridad recomendada en sus establecimientos. "En el interior de los establecimientos de restauración sólo es posible no utilizar la mascarilla en el momento de efectuar la consumición de bebidas o comida, mientras tanto deben ponerse la mascarilla de forma correcta". Asimismo se limita a un máximo de diez personas, los grupos que compartan mesa en un establecimiento de restauración.

Otra de las medidas adoptadas es la regulación del servicio de buffet en los establecimientos que lo presten, "para asegurar que durante el consumo de alimentos o bebidas se sigan cumpliendo las medidas higiénicas establecidas de distancia física, higiene de manos y uso de mascarilla con carácter general". El nuevo acuerdo para hacer frente a la crisis sanitaria fija la obligación de llevar la mascarilla correctamente puesta, "de manera que no se permita un uso inapropiado de la misma que parezca adaptarse a la norma sin estarlo".

En cuanto a los centros educativos no universitarios, el portavoz del ejecutivo canario aclaró que no será obligatoria la mascarilla cuando se trate de los grupos de convivencia estable escolares; y en el resto de grupos de alumnos, cuando estén sentados en sus pupitres a una distancia de 1,5 metros.

Alcohol

AlcoholPérez también recalcó el veto a los botellones, recordando que la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la vía publica está prohibida. Su incumplimiento será sancionado conforme a lo dispuesto en la Ley 9/1998, de 22 de julio, sobre prevención, asistencia e inserción social en materia de drogodependencias.

Respecto a las reuniones familiares o de amigos en espacios privados, el Consejo de Gobierno de Canarias ha establecido una serie de recomendaciones, como el uso de mascarilla tanto en zonas abiertas como cerradas, cuando se celebren reuniones de personas procedentes de distintos núcleos de convivencia. "Y se recomienda también que no se permanezca en espacios cerrados donde se produzcan aglomeraciones de personas. Son recomendaciones, pero hay que recordar que existe una obligación legal para todos los ciudadanos de España, de no exponerse al contagio y de no producirlo a otras personas".

La multa por no llevar mascarilla es de cien euros como mínimo, dado que se puede elevar si se suman otras infracciones recogidas en la Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias. Asimismo, el incumplimiento de las normas puede llevar a la clausura o a la suspensión de actividades en el caso de que se trate de una infracción producida en un establecimiento determinado.