La magistrada titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 de Santa Cruz de Tenerife ha notificado este lunes un auto en el que desestima una petición de UGT para distribuir mascarillas a todos los trabajadores de una empresa de ayuda a domicilio porque, reconoce, "es imposible".

En concreto se trata de la empresa de ayuda a domicilio que presta servicio al Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que precisa que la juez entiende que no se puede obligar a la entidad ni al Ayuntamiento "a cumplir una orden que resulta materialmente imposible según las leyes de la lógica y la realidad".

UGT había pedido que el Ayuntamiento y la empresa de ayuda a domicilio subcontratada Clece SA asegurara el aprovisionamiento a todos los trabajadores del material y epis (equipos de protección individual) "mínimamente necesarios e imprescindibles para asegurar la salud" frente al posible contagio por Covid-19. El sindicato pedía que, en el caso de que no fuera posible asegurar este abastecimiento, la autoridad judicial ordenara la "suspensión de la relación o la exoneración de prestación de servicios", con el mantenimiento del deber empresarial de "cotizar y abonar los salarios".

La juez ha desestimado la primera de las peticiones por la "imposibilidad real y manifiesta" de su cumplimiento.

Recapitula que, de la documental aportada por Clece en la vista en la que se analizó el caso, resulta que el gasto semanal ascendería "a 15.000 mascarillas, 7.500 batas quirúrgicas, 304 gafas y 15.000 guantes para una estimación media de 1.500 servicios/día".

Frente a esta petición, sigue el auto, la empresa acredita que el pasado 17 de marzo disponía de 400 mascarillas, 21 gafas y 400 batas, además de guantes para todos los trabajadores. "La situación de escasez de estos productos es además un hecho notorio y público que no necesita ser probado", razona la magistrada, y el Ministerio de Sanidad en numerosas ocasiones ha dado instrucciones al personal sanitario para que valoren otras alternativas distintas al uso de mascarillas.

En consecuencia, no puede obligarse a la empresa y al Ayuntamiento a cumplir una orden que "resulta materialmente imposible según las leyes de la lógica y la realidad", establece. No obstante, la magistrada subraya que esta denegación no excluye el requerimiento al Ayuntamiento para que, tal y como se comprometió en el acto de la vista, entregue este lunes a la empresa Clece más equipos de protección que contribuyan a mejorar la protección de los trabajadores frente a la exposición al coronavirus.

El Juzgado desestima igualmente la petición subsidiaria de que el servicio fuera suspendido, pues en el municipio de Santa Cruz de Tenerife son usuarias unas 1.500 personas que necesitan como servicio esencial para subsistir la ayuda de estos trabajadores, que acuden a sus domicilios para prestarles asistencia en labores cotidianas y fundamentales de la vida, tales como asearse, comer o tomar medicamentos. "El servicio prestado por los trabajadores solicitantes resulta de tal importancia que, en caso de no prestarse, la vida de un gran número de usuarios correría extremo peligro", advierte.

La juez concluye su resolución con la procedencia de hacer "un reconocimiento expreso de la admirable labor que el colectivo de trabajadores solicitantes se encuentra realizando en estos momentos de alarma sanitaria".