La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo desestimó los recursos de casación interpuestos por Sandra Pentón y Alexander Reyes, que en su momento fueron condenados como autores de la detención ilegal y el asesinato del empresario Raimundo Toledo en diciembre del año 2015. La víctima fue retenida ilegalmente muy cerca de su domicilio en el centro de Santa Cruz de Tenerife y horas después su cadáver apareció parcialmente calcinado en el interior del maletero de su propio coche, que fue incendiado y tirado por una ladera de la montaña de La Centinela, en San Miguel de Abona. Por estos hechos, Pentón fue condenado a 27 años y tres meses de cárcel por diferentes delitos, mientras que a Reyes se le impuso una pena de 29 años y nueve meses de prisión por diversas infracciones penales. Con la actual resolución, ya es firme la sentencia dictada en su momento por parte de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. Esta resolución se dictó hace exactamente un año, el 28 de febrero del 2019.

Por la muerte de Toledo, que era propietario de la gasolinera TGAS situada en la carretera de acceso a El Médano, en el municipio de Granadilla de Abona, también fue condenado un tercer acusado, Claudio Gutiérrez, que fue condenado a diez años de cárcel y que decidió no recurrir. Cabe recordar que Sandra Pentón, considerada la autora intelectual de los violentos hechos, y Alexander Reyes, considerado como autor material, presentaron, en primer lugar un recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). Este último órgano también desestimó la pretención de los procesados el 8 de julio del 2019.

La representación jurídica Alexander Reyes argumentó ante el Tribunal Supremo que hubo infracción del derecho a la presunción de inocencia, así como de aplicación indebida de nueve artículos del Código Penal. En cuanto a Sandra Pentón, estimó que se infringió el precepto constitucional de derecho a la presunción de inocencia, falta de motivación de la sentencia de apelación respecto a los hechos objeto del veredicto, vulneración del derecho de tutela judicial efectiva, prohibición de la indefensión y a un proceso con todas las garantías, así como por indebida aplicación de varios artículos del Código Penal.

El Tribunal Supremo asegura en el documento que el "cuadro probatorio, integrado por prueba directa como es el testimonio del coimputado (que resulta corroborado en aspectos periféricos y también sustanciales por múltiples testimonios e informes), aunado a la gran pluralidad de indicios, de una gran cualificación, cuyos hechos base se aportan por medio testifical, documental y pericial (?) permiten concluir de modo inequívoco (?) la culplable participación de ambos recurrentes (Alexander y Sandra) en los delitos objeto de condena, tal y como en la declaración de hechos probados se narra. La investigación y el juicio permitió confirmar que la ciudadana cubana Sandra Pentón, que era pareja y tenía un hijo con un sobrino del asesinado, preparó un plan que finalizó con la detención ilegal y la muerte violenta de Raimundo Toledo.

Antecedentes

Para llevarlo a cabo, contactó con Alexander Reyes, compatriota suyo, para que se encargara de los delitos. Y, a su vez, este se puso en contacto con el tercer condenado. Los dos varones se trasladaron a las proximidades del domicilio de Toledo a mediados de diciembre del 2015 y, tras varias horas de espera, lo retuvieron en su propio coche. En ese lugar de Santa Cruz de Tenerife quedó el coche de Sandra y la pistola facilitada por esta a Alexander.