Graciela Pérez-Valencia Díaz es magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 del Puerto de la Cruz, que tiene asignadas las competencias sobre violencia de género en ese partido. Lleva más de cuatro años tratando las agresiones físicas y psicológicas a mujeres en un órgano en el que, además, asume otros asuntos, por lo que cuenta con elementos de juicio

Está convencida de que la legislación sí ha servido para mejorar la seguridad y la calidad de vida de las afectadas, frente a la situación de hace varias décadas, "ya que las víctimas cuentan con muchos mecanismos de protección, tanto administrativos como judiciales, que entran en juego una vez que llega el caso al juzgado", bien con la denuncia de la perjudicada "o bien con el atestado policial en el que se describen los hechos presuntamente delictivos y las diligencias practicadas" . Apunta que las mujeres "no siempre quieren denunciar, pero son delitos públicos que los investigamos e instruimos de forma conjunta con el Ministerio Fiscal". A partir de su experiencia, y de forma genérica, puede haber un 40% de afectadas que deciden no acusar y no declarar en contra de su presunto maltratador. Pero, curiosamente, en muchos episodios su manifestación resulta "fundamental" para que el procedimiento siga adelante con éxito, en la medida en que las lesiones o los ataques psicológicos ocurren en el interior del hogar, donde no hay testigos.

La magistrada expone que actualmente el proceso es ágil y eficaz, ya que se suele desarrollar a través de la incoación de diligencias urgentes que derivan en un juicio rápido por delito. Además, "las órdenes de protección integral no solo protegen a la víctima, sino también a los hijos (en caso de existir), al establecer el régimen de custodia, alimentos y comunicación de estos con el padre, hasta que culmine el procedimiento civil de familia".

Pocas pulseras

Desde el 2015, en su juzgado han "aumentado muchísimo" los procedimientos por esta materia, tanto por un mayor número de episodios como por el quebrantamiento de las medidas cautelares impuestas a los denunciados. En estos cuatro años, a pesar del número de casos abordados, atendiendo a las circunstancias "del hecho concreto", ha ordenado poner muy pocas "pulseras" (dispositivos electrónicos de control) a hombres para garantizar su alejamiento de la víctima. En ocasiones, son los agentes de los cuerpos de seguridad los que proponen aplicar esta medida, con base en que la calificación de la peligrosidad del individuo sea alta, media, baja o no apreciada. Cuando se colocan estos instrumentos, los datos de las partes están a disposición del centro Cometa. Cuando el personal de dicho recurso detecta que el varón está a menos de los metros fijados en la orden de protección de la afectada, avisa al infractor de que debe alejarse, mientras que informa a la víctima de que tiene que estar alerta y activar los mecanismos de protección oportunos. Esta información se remite al órgano judicial competente para controlar el cumplimiento de la medida cautelar.

En opinión de Pérez-Valencia, desde el organismo competente se debería reforzar el servicio de abogados del turno de oficio para los investigados por estos asuntos. El problema consiste en que un mismo letrado designado por el Colegio Oficial debe atender en cada partido judicial a los detenidos por otras causas y a los acusados de violencia de género. Para esta magistrada, la actual situación genera retraso a la hora de tramitar los procesos, en la medida en que no pueden empezar las declaraciones u otras diligencias de investigación sin que esté presente el abogado del arrestado. En la lista de asignaturas pendientes, y que a veces no resulta sencilla de solventar, está la propia distribución arquitectónica de los juzgados, que no permite tener espacios adecuados para tomar testimonio a las mujeres afectadas y a los denunciados de forma discreta, a puerta cerrada, y sin que las partes puedan cruzarse en los pasillos. Apunta que estas últimas situaciones incómodas se evitan con la atención prestada por los funcionarios de auxilio.

En el servicio cotidiano ante estos episodios, la magistrada señala que, "a veces, a los testigos presenciales les cuesta venir al Juzgado y no se dan cuenta, o no son conscientes, de la importancia de su testimonio". "Les cuesta colaborar si no hay un interés directo", es decir, si la perjudicada no es familiar o amiga suya, comenta.

Advierte de que, "si la víctima no quiere declarar contra su agresor, la aportación del testigo resulta clave". Reconoce que sí ha tenido denuncias falsas, pero muy pocas entre los miles de asuntos que ha instruido y solo en una ocasión pidió testimonio por tal circunstancia.

También expone que "para la violencia psicológica se echa en falta un equipo técnico de psicólogos, educadores y trabajadores sociales que, de forma presencial y desde el inicio de los procedimientos", pueda emitir un informe objetivo sobre el estado de la afectada con la mayor rapidez posible. En la actualidad, ese estudio hay que pedirlo a "un experto externo para que haga la valoración". Tal labor se presta a través del Instituto de Medicina Legal, y los peritos, tras reunirse con las partes, emite un informe "pasados unos meses". A veces, el juez debe tomar declaración a una mujer que, tras sufrir un problema de este tipo, está confusa, llorando o no sabe exactamente lo que quiere hacer. Y, aunque esta labor de asesoramiento la realiza el letrado de asistencia a las víctimas y el informe psicológico forense no deja de ser una diligencia de prueba, aclara que "daría información de la situación psicológica de la mujer a la hora de tomarle declaración". Dice Pérez-Valencia que lo ideal es que cada partido judicial contara con técnicos. A pesar de ello, recuerda que, "si hay indicios de delito y riesgo para la señora, en ese mismo día se resuelve la orden de protección como medida cautelar durante la tramitación del procedimiento". Aunque cree que se trata de un planteamiento que por ahora no es factible a corto o medio plazo, opina que "sería apropiado que los juzgados de violencia de género fueran todos específicos, esto es, que solo conocieran de dichos procedimientos. Hay que modificar la organización y reparto entre los partidos y, a su vez, entre los juzgados para que, por ejemplo, los casos de La Orotava y el Puerto de la Cruz se tramitaran en un único órgano".