La justicia ha dado la razón a ANPE Canarias, sindicato mayoritario en la enseñanza no universitaria del Archipiélago, en su lucha para que la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes abone los sexenios al personal laboral docente. Una sentencia calificada de histórica por la que la administración educativa deberá pagar este complemento asociado a la formación a un docente que no es funcionario sino personal laboral. La sentencia es recurrible, pero en primera instancia queda legitimado el derecho a reclamar esta retribución con independencia del vínculo con la Administración.

El Juzgado de lo Social número 7 de Las Palmas de Gran Canaria ha considerado que la ausencia de regulación en la Ley de Presupuestos no exime a la Consejería de su responsabilidad de abonar este complemento en las condiciones que detallaba el acuerdo original firmado a finales de 2017, en el marco del Plan de Reconocimiento Profesional y Social del Profesorado. El juez ha estimado la demanda interpuesta por el sindicato -en representación de uno de sus afiliados, profesor de Música- contra la Consejería, que deberá abonar al demandante 1.518,96 euros en concepto de sexenios, más intereses de demora.

Aproximadamente un centenar

Los cálculos sindicales apuntan a un centenar de docentes en similares condiciones a las de este profesor de Música que podrían solicitar el complemento. Eso situaría en unos 150.000 euros al mes el desembolso. Desde la Consejería de Educación apuntan que desconocían la sentencia y que una vez estudiada por los servicios jurídicos darán su versión.

El documento del mencionado acuerdo de 2017 daba respuesta a una demanda histórica en Canarias, que hasta entonces era la única comunidad que no recompensaba a sus docentes por la formación permanente. Sin embargo, cuando se publicó la Ley de Presupuestos y se estableció el mecanismo para acceder a estas retribuciones, solo se reguló el procedimiento para que los funcionarios, de carrera o interinos, y el profesorado de Religión pudieran reclamar sus sexenios. Esto ha acabado generando situaciones de desigualdad intolerables para ANPE. La justicia avala ahora la tesis de ANPE y considera que el acuerdo suscrito entre la Administración y los sindicatos es aplicable, "sin lugar a dudas", a todos los docentes, sean funcionarios o no, ya que en su articulado hace referencia en todo momento al "personal docente no universitario" , a la vez que distingue, cuando lo estima oportuno, entre funcionarios y docentes.

La exposición de la sentencia

Por ello, según el veredicto del juez, "el acuerdo se incorpora a las previsiones del convenio colectivo aplicable de manera directa, (?) no pudiendo por tanto acogerse la posición de la parte demandada en el sentido de considerar que la Ley de presupuestos restringe el alcance de dicho acuerdo, pues la Ley lo único que hace es regular el sexenio para los funcionarios e incluso para los profesores de Religión, pero ello en modo alguno supone que se excluya para el personal laboral".

La organización sindical considera la sentencia un "logro importantísimo" que abre la vía a más reclamaciones, lo que podría acabar con la discriminación salarial generada entre profesionales de la enseñanza que han dedicado el mismo tiempo y esfuerzo a formarse, pero sin la misma compensación solo por su vinculación con la Administración. Para Pedro Crespo, presidente de ANPE, "esta sentencia allana el camino para conseguir una igualdad salarial real para un sector del profesorado y, además, ayudará a que todos los docentes se sientan tratados por igual".