Desde que en 2015 la prisión permanente revisable se incluyó en el Código Penal para castigar los asesinatos considerados especialmente graves, esta pena ha sido impuesta, contando el caso de Ana Julia Quezada -condenada por el crimen del niño Gabriel-, 11 veces de las 19 en las que se ha solicitado, lo que supone un 58,8% de las sentencias dictadas, según los datos hechos públicos este lunes por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El artículo 140 del Código Penal prevé la prisión permanente revisable en los casos de "asesinato de menores de 16 años o de personas especialmente vulnerables; asesinatos subsiguientes a un delito contra la libertad sexual; asesinatos cometidos en el seno de una organización criminal, y asesinatos reiterados o cometidos en serie". El primer caso de los previstos es por el que la fiscalía y la acusación que representa a la familia del pequeño Gabriel pedían prisión permanente revisable para Ana Julia Quezada.

Quezada se ha convertido en la primera mujer a la que se impone esa pena, porque hasta ahora han sido 10 hombres: uno en 2017; cuatro en 2018, y cinco en lo que llevamos de año. De sus víctimas, 10 eran mujeres, cinco de ellas, niñas, y las otros seis, niños. Entre los condenados con prisión permanente están Patrick Nogueira, que asesinó a su tío y su familia en Pioz (Guadalajara), y David Oubel, primer condenado a esta pena por asesinar a sus hijas en Moraña (Pontevedra).

En todos esos casos, el tribunal apreció alevosía (necesaria para que haya asesinato y no un mero homicidio) en la comisión del delito y aplicó la agravante de parentesco entre la víctima y el condenado. En dos casos hubo agravante de género y en cinco la condena incluyó al menos otro delito, que en cuatro de ellos fue agresión o abuso sexual. El tiempo medio de respuesta de los tribunales (los días transcurridos desde que ocurrieron los hechos hasta que se dictó la resolución por el tribunal del jurado) fue de 745 días en la sentencia de 2017; de 780 días en las de 2018, y de 844, en las de 2019.

En los asuntos en los que el tribunal no impuso la pena de prisión permanente revisable, pese a que había sido solicitada por alguna de las partes, al no apreciar la comisión de un asesinato agravado, también se condenó a 10 hombres. Sus víctimas fueron cuatro hombres y dos mujeres.

Revés casacional

Hasta el Tribunal Supremo han llegado ya tres de las prisiones permanentes. Y la primera fue revocada por la Sala Segunda. Se cambió por una pena de 24 años de cárcel por asesinato, al entender que el tribunal de instancia había tenido en cuenta por duplicado la vulnerabilidad de la víctima. Entre el día en que se produjeron los hechos y la sentencia del Supremo transcurrieron 1.098 días.

Las otras dos sentencias que ha revisado han sido avaladas: una es la del padre que mató a su hijo de 11 años en Oza (A Coruña) en 2017 y la otra, la del profesor de música que tiró por la ventana al bebé de 17 meses a su pareja, a quien también intentó matar, en 2016 en Vitoria.