El Tribunal Supremo (TS) ha revocado, en menos de dos meses, el archivo de dos casos de supuesto acoso laboral denunciados en el acuartelamiento de Los Rodeos, en Tenerife, dictado por el Tribunal Militar Territorial Quinto de Tenerife. Las presuntas víctimas son una mujer y un hombre que tienen el grado de sargento.

El Alto Tribunal, atendiendo los recursos que había presentado en ambos casos la Fiscalía ante la Sala Quinta de lo Militar del propio Supremo, ordena que se retome una investigación que afecta a 7 sargentos y un capitán, los primeros como acusados de cometer los presuntos de delitos de acoso e injurias, y el segundo por no haber atendido la denuncia de una de las víctimas.

Se da la circunstancia de que ambos casos ocurrieron en la misma unidad del acuartelamiento de Los Rodeos y que 5 de los 7 sargentos investigados aparecen en las dos denuncias. Es más, en uno de los episodios del presunto acoso que se relatan en las sentencias del Supremo, a las que tuvo acceso El Día, las dos víctimas, que denunciaron por separado, estaban en el mismo lugar cuando recibieron presuntamente las vejaciones.

En el primero de los casos, el Supremo ordena que se investigue la denuncia realizada por la sargento Sánchez, a quien, según el relato de los hechos, cinco compañeros del mismo rango hicieron la vida imposible durante años profiriendo insultos contra ella tales como "minion", "lesbiana", "gandula", "jodida enana" o "comechichis", además de varias desautorizaciones ante la tropa. Curiosamente, entre los compañeros de la sargento denunciante que ahora serán investigados figura otra mujer, quien dijo de ella, entre otras cosas, que era "un hombre frustrado en cuerpo de mujer".

En uno de los episodios denunciados, según recoge el fallo del Supremo, uno de los compañeros de la afectada cuestionó en público una orden concreta que esta le había dado a una soldado para que recogiera diverso material de limpieza, utilizando expresiones como "tú estás loca", mientras giraba su dedo índice de la mano derecha en su sien.

En otra ocasión, se dirigió a ella delante de otros suboficiales con los apelativos "lesbiana" y "gandula", además de "tetuda", "cara de porcelana" y "saca dinero" con los mandos, porque, al parecer, estaba casada con uno de ellos.

También un capitán

Del mismo modo, y además de los sargentos mencionados, el Supremo pide que se investigue también al capitán jefe de la BIA Mistral al que acudió, en 2016, la militar presuntamente acosada para denunciar la situación que sufría. El citado mando desoyó a la afectada alegando que "no quería problemas personales" en la unidad. Ante ello, la sargento alegó, según consta en los autos, que no se trataba de asuntos personales, sino que muchos de estos incidentes ocurrían delante de la tropa.

La sentencia, que firman los magistrados Ángel Calderón, Fernando Pignatelli y Clara Martínez de Careaga, disiente del criterio del Tribunal Militar Territorial Quinto de Tenerife, según el cual los hechos carecen por completo de cualquier tipicidad penal que determine la exclusión de responsabilidad. En esta línea, el Supremo considera que el tribunal de instancia realizó una valoración de la credibilidad de los testigos "sustrayendo a las acusaciones el derecho a proponer y practicar la verdadera prueba en el juicio oral bajo los principios de inmediación, oralidad y contradicción", vulnerando así el derecho a la tutela judicial efectiva y por ello ordena la devolución de las actuaciones para que sean instruidas por un tribunal diferente al que las archivó.

Ya en su recurso, la Fiscalía tipificaba los hechos denunciados por la sargento como "acoso laboral y/o profesional en cuanto entrañan una situación hostil sistemática y prolongada en el tiempo, que socava la propia estima de la víctima, la denigra y daña su integridad moral".

El segundo de los casos en los que el Supremo ha corregido la decisión del Tribunal Militar Territorial Quinto de Tenerife es casi un calco del primero, aunque, en esta ocasión, el denunciante y presunta víctima es un hombre. Según consta en la sentencia, a la que tuvo acceso ayer El Día, los denunciados, siete sargentos que supuestamente maltrataron, acosaron e injuriaron a un compañero del mismo rango, forman parte también de la unidad BIA Mistral.

De los siete sargentos, cinco también aparecen en la denuncia anterior.

Segundo caso en Los Rodeos

Del relato de los hechos se desprende que uno de los ahora investigados insultó de manera continuada al denunciante con expresiones como "comepollas del brigada" o "putita del brigada", además de, en una ocasión, agarrarlo por el cuello y tirarlo al suelo tras decirle "si te digo que te calles, te callas".

También obra en actuaciones un archivo de audio enviado por whatsapp en el grupo de lanzadores en el que otro de los denunciados refiere la expresión "retrasado", motivo por el cual el afectado abandonó el grupo. Del mismo modo, consta que otro de los suboficiales investigado puso en entredicho, en reiteradas ocasiones, públicamente y delante de la tropa y de algunos suboficiales de la BIA, la valía del denunciante como jefe del Simulador, en tanto que lo ejercía no por sus capacidades, sino por la amistad íntima con un brigada.

Similitudes entre un caso y otro

Las similitudes entre un caso y otro llegan a tal extremo que, también en este, una de las intervinientes es una sargento, a la que se acusa de insultar, presuntamente, al denunciante con expresiones como "rata". En este caso, y al igual en el anterior, el Tribunal Militar entendió que no existían indicios racionales de que se hubieran producido los hechos investigados y que los que pudieran haber resultado acreditados no serían constitutivos de delito.

El tribunal basó esencialmente su criterio en la valoración que hizo del contenido y la entidad de la denuncia interpuesta y de las pruebas de cargo y descargo. Así, advirtió de la inconsistencia o la inexistencia de dos de los elementos fundamentales y necesarios para dotar a esta de virtualidad probatoria, y también hizo énfasis en la falta de "credibilidad e imparcialidad" de un testigo.

La Sala del Supremo, sin embargo, estima que hay "indicios suficientes" para sostener la realidad de los hechos. "En el auto de procesamiento aparecen diversos hechos que se sitúan temporal y espacialmente, y que indiciariamente entrañan comportamientos respecto de la conducta profesional del denunciante, que se han llegado a producir y cuya certeza y alcance deben ser analizados, contrastados y valorados en la vista oral", recoge la sentencia.

También señala que "de acreditarse la realidad de los hechos, no cabe asumir que anticipadamente se pueda excluir la existencia de conductas merecedoras de reproche penal". El fallo del Supremo, siguiendo el criterio de la Fiscalía, estima que debe ser el tribunal de instancia, pero con una composición distinta, el que vuelva a enjuiciar los hechos.

De "comechichis" a "comepollas"

La similitud de los casos en los que el Tribunal Supremo (TS) ha enmendado la plana al Tribunal Militar Territorial Quinto de Tenerife es tal que hasta los insultos recogidos en los autos son similares. Incluso, cinco sargentos denunciados aparecen en los dos procedimientos.

En el caso de la sargento que denunció a cinco de sus compañeros de rango, y a un capitán por no intervenir tras su denuncia, uno de los adjetivos utilizado fue el despreciativo "comechichis", mientras que el otro denunciante, también sargento, expuso ante la autoridad militar que, entre otros insultos, había recibido el de "comepollas".

La propia Fiscalía, en el recurso que presentó en contra del sobreseimiento del sumario, deja claro que "no puede compartir" que se diga y acepte que los hechos recogidos en el auto de procesamiento, entre los que se incluyen los distintos insultos "injuriosos y de suficiente entidad y gravedad para entrañar por sí mismos delitos", formen parte del devenir diario de la vida de todo acuartelamiento.

Además de los citados, los autos de procesamiento recogen, en el caso de la denuncia del sargento, expresiones como "rata", "gilipollas" o "retrasado", mientras que en el caso de la suboficial, otros relacionados con su sexo, tales como "lesbiana", "gandula", "tetuda", "cara porcelana", "minion", "jodida enana", u "hombre frustrado en cuerpo de mujer".