Los representantes sindicales de los cuerpos de la Policía Canaria FSC-CCOO, UGT, Asipal, Ailpold, STAP, USPB, Spplb e IC informan de que la sala cuarta de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo dictó en junio la Sentencia 8282/2019, resolviendo que no es ajustado a derecho el nombramiento de agentes de la policía local en régimen de interinidad para la cobertura de plazas vacantes, precisando que las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de potestades públicas o en la salvaguarda de los intereses generales corresponde exclusivamente a agentes de la policía local con la condición de funcionarios de carrera.

Este argumento fue expuesto una y otra vez por los representantes sindicales en las reuniones de trabajo para negociar la Ley de Coordinación de Policías Locales de Canarias, aportando múltiples informes del Consejo de Estado al respecto. Pero, según los sindicalistas, los representantes de la Fecam planteaban la necesidad de restaurar la figura de los agentes interinos, como estaba en Canarias hace más de 20 años.