Médico, taller, colegio o farmacia: los casos en los que podrás entrar en la ZBE de Santa Cruz aunque tu coche no tenga etiqueta ambiental de la DGT
La ordenanza permite acceder con autorización en situaciones concretas, desde una consulta médica hasta una visita al taller, una ITV o el acceso a un hotel

Calle de Villalba Hervás, donde se suprimió el carril bici, está incluida en la Zona de Bajas Emisiones. / María Pisaca

La Zona de Bajas Emisiones de Santa Cruz de Tenerife contempla numerosos casos en los que un vehículo podrá entrar aunque carezca de la etiqueta ambiental de la DGT. Ir al médico, llevar el coche al taller, dejar o recoger a los niños en el colegio, acudir a una farmacia de guardia o pasar la ITV son algunos de ellos.
La ordenanza diferencia entre los vehículos que podrán circular libremente, aquellos que tendrán que inscribirse previamente en el Registro Municipal de Vehículos y los que necesitarán una autorización para acceder.
Los vehículos con distintivo ambiental 0 emisiones, ECO, C y B tendrán acceso libre, al igual que los ciclomotores, bicicletas, otros ciclos y vehículos de movilidad personal como los patinetes eléctricos.
Las autorizaciones serán necesarias, sobre todo, para los vehículos que no puedan circular libremente por cualquiera de las 92 calles que están dentro del mapa de baja emisión. Estas autorizaciones se tendrán que tramitar cuando empiecen a aplicarse las restricciones de tráfico.
Ir al médico o al veterinario
La ordenanza permite el acceso de vehículos que tengan que acudir a consultas o tratamientos médicos, siempre que las necesidades de movilidad así lo requieran.
El mismo supuesto se contempla para quienes necesiten desplazarse a un centro veterinario situado dentro de la Zona de Bajas Emisiones.
Estos vehículos deberán contar con la correspondiente autorización para entrar.
Llevar el coche a un taller dentro de la ZBE
Los clientes de talleres de reparación de automóviles situados dentro de la ZBE también podrán acceder con sus vehículos.
La normativa incluye expresamente este supuesto entre los casos que pueden obtener autorización.
Dejar o recoger a los niños en el colegio
La ordenanza permite también solicitar autorización a los vehículos que entren en la zona para dejar o recoger alumnado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
Este acceso se incluye entre las excepciones previstas para determinados desplazamientos dentro del perímetro.
Farmacias de guardia y entrega de medicamentos
La regulación contempla varios supuestos relacionados con las farmacias. Podrán acceder los vehículos destinados a la entrega de medicamentos a centros sanitarios y oficinas de farmacia situados dentro de la zona, así como los encargados de recoger residuos de las farmacias.
También podrán obtener autorización los vehículos que necesiten entrar para acudir a una farmacia de guardia o con apertura las 24 horas, aunque en este caso la ordenanza especifica que será fuera del horario comercial.
Pasar la ITV dentro de la Zona de Bajas Emisiones
Otro de los supuestos incluidos es el acceso a una estación de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) situada dentro de la ZBE. Podrán obtener autorización los vehículos que acudan para pasar la inspección técnica obligatoria o para legalizar reformas.
Garajes privados y aparcamientos
Los titulares o arrendatarios de plazas de garaje privadas situadas dentro de la Zona de Bajas Emisiones podrán solicitar autorización para acceder.
La ordenanza permite dar de alta hasta tres vehículos por cada plaza de garaje, aunque no podrán utilizar la autorización al mismo tiempo.
Si necesitan acceder con un vehículo distinto a los registrados, podrán realizar un cambio de matrícula.
También estarán contemplados los vehículos de usuarios abonados de aparcamientos públicos situados dentro de la ZBE.
Además, podrán entrar los vehículos que estacionen en aparcamientos de uso público situados fuera de la vía cuando estos establecimientos estén integrados con el sistema de gestión de la Zona de Bajas Emisiones.
Empresas, autónomos y reparto de mercancías
La ordenanza permite solicitar autorización a los vehículos de empresas y autónomos cuya actividad empresarial, profesional o comercial se desarrolle en un local u oficina dentro de la ZBE.
También se incluye a quienes trabajen en mercadillos municipales situados en la zona y a las personas invitadas por estas empresas o profesionales cuando sus necesidades de movilidad así lo requieran.
Los vehículos comerciales destinados a la distribución urbana de mercancías también podrán acceder en los horarios establecidos por la ordenanza correspondiente.
Cuidadores y familias numerosas
Entre los supuestos previstos aparecen también los vehículos de personas cuidadoras que necesiten entrar para atender a personas mayores o dependientes empadronadas dentro de la ZBE.
La normativa contempla igualmente a las familias numerosas cuyo domicilio se encuentre dentro del perímetro o que acrediten la necesidad de acceder habitualmente por motivos de conciliación familiar, educativos o laborales.
En estos casos se podrán autorizar hasta dos vehículos por unidad familiar, aunque no podrán hacer uso de la autorización de manera simultánea y deberán estar vinculados a la familia.
Una autorización por falta de recursos para cambiar de coche
La ordenanza contempla también autorizaciones temporales para titulares de vehículos con restricciones de acceso que acrediten insuficiencia económica para renovar el vehículo.
Estos coches podrán circular durante el periodo de vigencia de la autorización temporal que les haya sido concedida.
Hoteles y actividad turística
Los clientes alojados en establecimientos hoteleros situados dentro de la Zona de Bajas Emisiones también podrán obtener autorización para acceder.
La regulación incluye además vehículos de servicios de transfer, transporte discrecional turístico y vehículos de transporte de los establecimientos alojativos.
También contempla proveedores de mercancías y servicios, empresas de mantenimiento, vehículos relacionados con congresos y eventos, operadores receptivos y servicios externalizados de lavandería, restauración y logística.
Otros vehículos que podrán solicitar autorización
La ordenanza incluye además los vehículos de servicios funerarios, los de arrendamiento con conductor y los de autoescuelas que tengan un local dentro de la ZBE.
También aparecen los vehículos de transporte discrecional y transporte regular de uso especial, como los escolares o de empresa, cuando presten servicio a líneas que circulen por el interior de la Zona de Bajas Emisiones y cuenten con la autorización municipal correspondiente.
Los vehículos con matrícula extranjera o diplomática podrán acceder siempre que sus características ambientales sean equiparables a las exigidas y cumplan las restricciones establecidas en cada momento.
La normativa contempla asimismo vehículos relacionados con actos, ocupaciones o reservas de espacio en la vía pública cuando su entrada haya sido autorizada por el órgano municipal correspondiente.
Qué vehículos tendrán acceso tras inscribirse
Hay otros casos que no funcionan mediante una autorización puntual, sino mediante la inscripción previa en el Registro Municipal de Vehículos.
Entre ellos se encuentran los vehículos de las personas residentes dentro de la ZBE y los que cumplan las condiciones establecidas en la ordenanza respecto al padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
También se incluyen los vehículos de los que dispongan las personas domiciliadas en la ZBE mediante propiedad, usufructo, renting, leasing, retribución en especie o como vehículo de sustitución, siempre que hayan sido comunicados al Ayuntamiento.
Mediante este registro podrán acceder también determinados vehículos de servicios públicos esenciales, seguridad, emergencias, ambulancias, grúa municipal, profesionales sanitarios, personas con movilidad reducida y servicios públicos básicos.
En esta categoría se incluyen igualmente grúas de remolque, vehículos taller y de auxilio en carretera, transporte público regular, taxis y vehículos considerados históricos.
Las autorizaciones todavía no son necesarias
La publicación de la ordenanza no supone que estas restricciones empiecen a aplicarse de inmediato. Tras su entrada en vigor comenzará un periodo de 18 meses sin restricciones ni sanciones, durante el que los conductores podrán seguir circulando por el centro de Santa Cruz como hasta ahora.
Será una vez finalice esa fase cuando los vehículos afectados tengan que cumplir las condiciones de acceso, estar inscritos en el registro correspondiente o contar con alguna de las autorizaciones previstas en la ordenanza.
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