Conflicto judicial
Don Benito pierde otro litigio por el plagio del cartel de Javier Torres Franquis para el Carnaval de Santa Cruz 2016
El tribunal rechaza los argumentos del Ayuntamiento de Don Benito sobre la cesión de derechos y el desconocimiento del cartel original, calificando el plagio de ostensible

"El plagio es ostensible". Así concluye la Audiencia Provincial de Badajoz la comparativa de los carteles de carnavales de Santa Cruz 2016 (izq.) y Don Benito 2025. / El Día

El Ayuntamiento extremeño de Don Benito sufre un nuevo revés judicial en el litigio abierto por el plagio del cartel del Carnaval de Santa Cruz de Tenerife de 2016. La Audiencia Provincial de Badajoz ha desestimado íntegramente en su sentencia dictada el pasado 10 de julio el recurso presentado por el Consistorio extremeño y ha confirmado la sentencia dictada el pasado enero por el Juzgado de lo Mercantil de Mérida, que declaró que vulneró los derechos de propiedad intelectual del diseñador Francisco Javier Torres Franquis al utilizar, con ligeras modificaciones, su obra para anunciar el Carnaval de Don Benito de 2025.
La resolución supone un nuevo respaldo al creador tinerfeño, que decidió acudir a los tribunales después de comprobar que el cartel utilizado por el Ayuntamiento pacense reproducía prácticamente el diseño con el que anunció las carnestolendas chicharreras nueve años antes. Entonces ya fue rotundo al analizar ambas imágenes: "No es una coincidencia, es mi cartel", afirmando que únicamente se habían cambiado los colores para tratar de ocultar el parecido.
Todos los argumentos, rechazados
El principal interés de la sentencia radica en que la Audiencia desmonta, uno tras otro, todos los motivos utilizados por el Ayuntamiento para intentar revocar la condena.
El primero de ellos cuestionaba que Javier Torres Franquis pudiera reclamar judicialmente, al entender que los derechos del cartel habían pasado al Ayuntamiento de Santa Cruz cuando abonó el trabajo en 2016.
La Sala rechaza esa interpretación. Explica que el creador mantiene la titularidad de sus derechos salvo que exista una cesión expresa de los derechos de explotación y recuerda que no consta ningún documento que acreditara esa transmisión. El Ayuntamiento de Santa Cruz adquirió únicamente el derecho a utilizar el cartel durante aquella edición del Carnaval, pero nunca la propiedad intelectual de la obra.
"El plagio es ostensible"
La resolución también responde al argumento de Don Benito de que desconocía la existencia del cartel de Santa Cruz, que ambos diseños presentaban diferencias relevantes y que el entierro de la sardina es un motivo habitual en numerosos carnavales.
La Audiencia no comparte ninguna de esas alegaciones.
Los magistrados consideran que "el plagio es ostensible", al existir una coincidencia plena en el diseño del elemento principal, el estilo gráfico, la composición, la estructura y las proporciones empleadas.
Añaden que los cambios introducidos por el Ayuntamiento se limitan al fondo y al colorido, diferencias que califican de "secundarias y accesorias", hasta el punto de afirmar que "un simple vistazo" basta para apreciar la enorme similitud entre ambos carteles.
El chicharro marca la diferencia
La Audiencia dedica además un razonamiento específico a otra de las líneas de defensa del Consistorio.
Don Benito alegaba que el entierro de la sardina forma parte del imaginario de numerosos carnavales y que ese elemento común explicaría el parecido.
Sin embargo, la Sala recuerda que el protagonista del cartel de Javier Torres Franquis no era una sardina, sino un chicharro o jurel, un símbolo profundamente vinculado a Santa Cruz de Tenerife y utilizado incluso como gentilicio popular de sus habitantes.
Precisamente ese elemento diferenciador, concluye la sentencia, convierte la obra en perfectamente reconocible y descarta cualquier coincidencia casual.
Pudo evitar el litigio
Los magistrados también reprochan al Ayuntamiento su actitud cuando el autor detectó la utilización de su cartel.
La resolución recuerda que Franquis remitió un correo electrónico y posteriormente un burofax intentando resolver el conflicto antes de que comenzaran las fiestas. El Ayuntamiento no respondió a ninguna de las dos comunicaciones, pese a que todavía existía margen suficiente para retirar el cartel y evitar el conflicto judicial.
Para la Audiencia, esa falta de reacción desvirtúa otro de los argumentos del recurso, en el que el Consistorio sostenía que nunca existió intención de perjudicar al diseñador ni obtener un beneficio económico con la utilización de la obra.
Indemnización confirmada
La Audiencia también avala las cantidades fijadas por el Juzgado de lo Mercantil: 2.500 euros por daños materiales, al considerar que equivalen al precio actualizado que habría percibido el autor si hubiera autorizado el uso de la obra, y 4.000 euros por daños morales, teniendo en cuenta la difusión pública del cartel durante el Carnaval de Don Benito y la trayectoria profesional del diseñador.
De esta forma, el Ayuntamiento deberá mantener el cese del uso de la obra, retirar y destruir los carteles plagiados, indemnizar a Javier Torres Franquis con 6.500 euros, publicar la sentencia en medios de comunicación y asumir además las costas del recurso de apelación.
Aunque la resolución todavía puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, la Audiencia Provincial deja un mensaje inequívoco: el cartel utilizado por Don Benito no constituye una simple inspiración ni una reinterpretación artística, sino una reproducción sustancial de la obra creada por Javier Torres Franquis para anunciar el Carnaval de Santa Cruz de Tenerife de 2016
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