La Justicia obliga a la Refinería a pagar casi medio medio millón de euros a Santa Cruz de Tenerife por la basura
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias estima el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento contra la sentencia que dio la razón a Cepsa (ahora Moeve) para no abonar la Tasa de Residuos de 2014

Refinería de Santa Cruz. / María Pisaca
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) obliga a la Refinería de Santa Cruz de Tenerife a pagar al Ayuntamiento chicharrero casi medio millón de euros por la Tasa de la Basura correspondiente al año 2014. El TSJC ha estimado el recurso de apelación presentado por el Consistorio capitalino contra la sentencia que dio la razón a Cepsa, actualmente Moeve, para no abonar el impuesto por el servicio de recogida de residuos en la capital de hace doce años.
Y es que según la compañía, durante dicho periodo, el Ayuntamiento de Santa Cruz no le prestó el citado servicio porque no había contenedores próximos a la Refinería en los que depositar la basura, afirmación que el Consistorio siempre negó. Tal y como explican los actuales concejales de Hacienda y de Servicios Púbicos, José Alberto Díaz-Estébanez (CC) y Carlos Tarife (PP), la Corporación local ha ganado finalmente esta batalla, después de tantos años, porque "quedó demostrado que la zona contaba con contenedores". "Así lo certifican los inspectores del Ayuntamiento y así lo acreditaron. Por eso se ha ganado", apuntan.
En un primer momento, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Santa Cruz de Tenerife dio la razón a Cepsa. Sin embargo, el Ayuntamiento interpuso un recurso de apelación que ahora ha ganado. Éste solicitaba que se declarara ajustada a derecho la resolución del Tribunal Económico Administrativo Municipal, de fecha 30 de diciembre de 2022, por la que se desestimó la reclamación económica de la Refinería contra la liquidación de la Tasa de Gestión de Residuos Sólidos correspondiente al ejercicio de 2014, por importe de 406.596 euros.
El Consistorio chicharrero sostiene que el servicio de recogida de residuos estaba establecido y que Cepsa disponía de contenedores próximos a la Refinería e, incluso, uno en el interior de la instalación. Argumentó que se produjo un error en la apreciación de la prueba, pues la sentencia descartó informes técnicos de 2023 por referirse a años posteriores, "pero de manera contradictoria aceptó actas notariales de 2018 y 2023 para acreditar hechos de 2014".
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