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Santa Cruz de Tenerife abrirá el primer plazo de cobro de impuestos el 20 de mayo pero sin el recibo de la basura

Los ciudadanos deberán pagar antes del 22 de julio el IBI, el rodaje del coche y las tasas por uso privativo del dominio público, como los vados

Numerosos ciudadanos pasean por la céntrica calle Castillo, en el municipio de Santa Cruz de Tenerife.

Numerosos ciudadanos pasean por la céntrica calle Castillo, en el municipio de Santa Cruz de Tenerife. / El Día

Santa Cruz de Tenerife

El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife abrirá el primer periodo de pago voluntario de los impuestos municipales el próximo 20 de mayo, del que se excluye, por primera vez, la tasa de la basura de los vecinos. Ésta se cobrará, debido a que el recibo se incrementa en un 50% como media, en el segundo periodo, entre los meses de septiembre y noviembre, con la tasa de basura de los negocios.

En concreto, en este primer plazo, se tendrán que abonar, antes del 22 de julio, el Impuestos sobre Bienes Inmuebles (IBI); el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), conocido como rodaje; y las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial de bienes de dominio público municipal: vados, reserva de aparcamiento y cajeros automáticos. Asimismo, el Consistorio cobrará el IBI de características especiales, al Puerto y a la Refinería.

Domiciliación

Los recibos domiciliados en entidades bancarias, a los que se les aplica una bonificación del 5%, serán cargados en cuenta a partir del 8 de julio. Las solicitudes de domiciliación recibidas con posterioridad al 20 de abril surtirán efecto a partir del año 2027.

Cartas de pago

Los contribuyentes que no tengan domiciliado en sus bancos el abono de los tributos tienen que pagar su recibos en las entidades bancarias colaboradoras. Éstas son la Caixa, BBVA, Santander, Cajasiete y Banca March. Para ello, tendrán que utilizar las cartas de pago.

El Ayuntamiento, a través del área de Hacienda, informa de que éstas llegarán al domicilio fiscal por correo ordinario a partir del 20 de mayo. "En el caso de que no se recibieran, durante el mes de junio, se obtendrán por los medios habilitados por el Consistorio". Éstos son a través de la web municipal, www.santacruzdetenerife.es, sin certificado o con certificado electrónico o clave; en el formulario de atención en línea; en las Oficinas de Atención Ciudadana; en los quioscos interactivos ubicados en diferentes zonas, como el Pabellón Quico Cabrera y el TEA; y a través del asistente virtual (en el WhatsApp del número 695 886 891).

Fraccionamiento

El área de Hacienda recuerda que los contribuyentes en Santa Cruz tienen la posibilidad de solicitar un plan personalizado de pagos, así como el fraccionamiento o aplazamiento de las deudas tributarias. Transcurrido el plazo señalado como periodo de pago voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento administrativo de apremio y devengarán los recargos del periodo ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que se causen.

Segundo periodo

El segundo periodo de pago de impuestos municipales, que es el que corresponde a las empresas, se llevará a cabo entre los meses de septiembre y noviembre. En este periodo, se abonarán el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) y la tasa de basura de negocios. Como novedad este año, el Ayuntamiento también cobrará en este segundo plazo la tasa de la basura a los vecinos.

Tasa de la basura

Tal y como lo anunció El DÍA a finales de enero, el Ayuntamiento ha decidio retrasar el cobro de la tasa de basura a los ciudadanos, la cual se ha incrementado en un 50% como media. El concejal de Hacienda, el nacionalista José Alberto Díaz Estébanez, explicó que se toma esta medida para facilitar a los vecinos el pago de este recibo, "cuyo aumento se ha tenido que llevar a cabo porque así lo obliga el Gobierno de España".

La Ley de Residuos 7/2022 obliga a los ayuntamientos a mejorar la gestión de los residuos, implantando la recogida separada obligatoria de biorresiduos, textiles, aceites usados y residuos peligrosos. Asimismo, se establece la obligación de que pague más, quien más contamine, imponiendo una tasa específica e individualizada y no deficitaria para los municipios.

En el caso de Santa Cruz, y debido al conocido como 'basurazo', para las viviendas, la cuantía de la tasa se calcula en función del valor catastral y del número de residentes. Por ejemplo, para un piso con un valor catastral de hasta 24.000 euros, las cuantías oscilarán entre los 70,98 euros al año, en el caso de que sólo haya un residente, y los 132,50 euros, si los residentes son siete o más. Para las viviendas de más de un millón de euros, el recibo puede alcanzar los 389,69 euros. Y en el caso de las empresas, la tasa se calculará en función del valor catastral y de los usos. Por ejemplo, para un local de ocio, las cuantías oscilarán entre los 98,37 y los 24.591,46 euros.

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