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La mala conducta y la grosería en las sedes municipales de Santa Cruz serán castigadas con multas de entre 30 y 1.000 euros

El Ayuntamiento chicharrero aprueba, de manera definitiva, su primer reglamento de Atención Ciudadana

Oficinas municipales del Ayuntamiento de Santa Cruz en La Granja.

Oficinas municipales del Ayuntamiento de Santa Cruz en La Granja. / El Día

Santa Cruz de Tenerife

A partir de ahora, las conductas inadecuadas y las faltas de respeto en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, por parte de los ciudadanos, serán sancionadas. Las cuantías de las multas oscilarán entre los 30 y los 1.000 euros. El pleno tiene previsto aprobar hoy, de manera definitiva, su primer Reglamento de Atención Ciudadana, con el que el Consistorio chicharrero persigue, además de proteger a sus trabajadores, garantizar una atención de calidad a la población.

Tras más de un año de tramitación y dos periodos de información pública, durante los que se han aceptado alegaciones, entra en vigor la normativa que regula la prestación del servicio municipal de información y atención a la ciudadanía en la capital tinerfeña.

En líneas generales, este reglamento implanta un régimen sancionador contra los comportamientos incívicos en los centros de atención al público; establece los derechos y obligaciones de la ciudadanía y del personal del Ayuntamiento; establece las características de la atención, así como las modalidades existentes y un sistema de gestión de calidad; y determina la información que se debe suministrar a la población, entre otros aspectos.

Régimen sancionador

Con respecto al régimen sancionador, para las infracciones consideradas como leves, se interpondrán multas de entre 30 y 500 euros;para las graves, de entre 501 y 800 euros;y para las calificadas como muy graves, multas de entre 801 y 1.000 euros. Las infracciones leves son: no atender a las indicaciones del personal municipal, obstaculizando o dificultando el acceso a la atención ciudadana a otras personas, y las faltas de respeto hacia el personal municipal o hacia cualquier otra persona que se encuentre en la dependencia del Ayuntamiento. «Se considerará como tales los comportamientos, las actitudes o los comentarios groseros, desconsiderados o insultantes que ignoren la dignidad, los sentimientos o los derechos de otras personas, o que incumplan las normas sociales o valores establecidos».

Entre las infracciones graves se encuentran los actos de deterioro grave de las instalaciones municipales y de sus elementos, sean muebles o inmuebles;amenazar al personal municipal o a cualquier otra persona que se encuentre en la dependencia municipal;y la realización de actos que alteren o perturben el normal funcionamiento de las sedes municipales.

Y entre las infracciones consideradas muy graves se encuentran los actos de deterioro «muy graves», tales como destrozos o conductas vandálicas de las instalaciones municipales o de sus elementos;agredir físicamente al personal municipal y a las demás personas usuarias y sus acompañantes;y cualesquiera conductas que supongan un desprecio a la integridad o la dignidad de las personas, tales como comportamientos degradantes, vejatorios o humillantes o comportamientos agresivos. Además, el incumplimiento de los deberes de los ciudadanos podrá suponer la denegación de acceso a las oficinas municipales, hasta un plazo de seis meses.

Derechos y obligaciones

Los usuarios de las sedes del Ayuntamiento también tienen una serie de obligaciones, como respetar los horarios y funcionamiento de los servicios, ser puntuales, respetar las normas de las oficinas municipales, utilizar los servicios públicos de forma adecuada y diligente, y cumplir «en todo momento» las normas de salubridad que se determinen en cada uno de los centros de atención al público municipales.

Por su parte, y según el nuevo reglamento de Santa Cruz, el personal municipal debe atender al ciudadano en el menor tiempo posible y debe tratarlo con respeto, consideración, en condiciones de igualdad e imparcialidad y sin discriminación. Asimismo, los usuarios tienen derecho a elegir la modalidad de atención para relacionarse con la administración; a recibir la información, orientación o gestión solicitada, y a presentar sugerencias y quejas.

Principios

«La atención ciudadana se regirá, con carácter general, por los principios de integridad, multicanalidad, accesibilidad y facilidad de uso, claridad y proximidad a la ciudadanía, igualdad y no discriminación en el acceso a la información, personalización y proactividad en la atención, confidencialidad y respeto al derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal, participación y mejora continua, y corresponsabilidad de todas las estructuras administrativas», apunta la edil de Presidencia, Purificación Dávila.

Sin cita previa

El Ayuntamiento de Santa Cruz, además de ofrecer la posibilidad a los ciudadanos de se atendidos con cita presencial, deberá habilitar oficinas de asistencia en materia de registro en las que sea posible ser atendido sin necesidad de solicitar cita previa. La atención sin cita en estos casos estará siempre supeditada a las características de cada una de ellas, a los recursos humanos disponibles y a la demanda existente. Así se establece en el nuevo Reglamento de Atención Ciudadana del Consistorio, a raíz de una alegación.

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