Entra en vigor la ordenanza de Santa Cruz que permite los parking en altura

La modificación de la normativa municipal de Edificación establece la necesidad de que las nuevas viviendas cuenten con balcones o terrazas

Ejemplo de aparcamiento en altura.

Ejemplo de aparcamiento en altura. / El Día

Santa Cruz de Tenerife

La modificación de la Ordenanza de Edificación de Santa Cruz de Tenerife, que permite, entre otras mejoras, la instalación de aparcamientos en altura desmontables, tanto en solares públicos como privados, ha entrado en vigor.

Tras la aprobación definitiva de esta norma municipal en el pleno del Ayuntamiento celebrado en el mes de febrero, el nuevo texto ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el 4 de abril, lo que ya posibilita su aplicación.

Disfunciones

Esta nueva modificación de la Ordenanza Municipal de Edificación aprobada en el año 2017, que ya había sido modificada en 2021, se ha llevado a cabo, según se explica en la información publicada en el BOP, porque, tras casi tres años desde su vigencia, se había puesto de manifiesto la existencia de "disfunciones" en la aplicación de la norma.

Perjuicios

Desde la Gerencia de Urbanismo, que dirige la edil Zaida González, del PP, se señala que dichas disfunciones han producido "cierta controversia" en los procedimientos que se formulan en el citado organismo, "con los consiguientes perjuicios a los intereses de los ciudadanos".

Trabas burocráticas

La concejala responsable de la Gerencia de Urbanismo ha destacado que con esta nueva modificación, la Ordenanza de Edificación se adapta a las necesidades actuales de la capital y de sus ciudadanos, eliminando trabas burocráticas, aclarando procedimientos y ofreciendo "soluciones más flexibles para el desarrollo urbano".

Modificaciones

Además de permitir la construcción de edificios de estacionamientos desmontables en los solares, la modificación de la ordenanza también mejora la regulación relacionada con la iluminación y ventilación de las escaleras de uso público; elimina la exigencia de aportar acuerdos de la Junta de Propietarios para determinadas actuaciones en los inmuebles; aumenta los requisitos en los proyectos de demolición o derribo, y establece la necesidad de que las viviendas de nueva construcción cuenten con balcones o terrazas.

Parking en altura

La ordenanza introduce la posibilidad de autorizar, por parte de la Gerencia de Urbanismo, el aparcamiento provisional de vehículos en altura, pero sólo en suelo urbano consolidado y "siempre y cuando queden justificadas" una serie de circunstancias. Entre éstas se encuentran que en ningún caso se supere la altura establecida por el planeamiento vigente para la parcela o solar que se vaya a utilizar; que se utilicen estructuras metálicas modulares y ensamblables entre sí, "que constituyen elementos con posibilidad de desmontaje y reutilizables"; que se garantice el desmantelamiento y la reposición del solar a su estado original ; y que se justifique la provisionalidad de la obra y del uso.

Iluminación y ventilación de las escaleras

Se modifica el artículo referido a la iluminación y ventilación de las escaleras de uso público, cuya aplicación, según explica Urbanismo, está entorpeciendo el desarrollo eficaz de algunos proyectos edificatorios.

Obras de urgencia

Se aclara el artículo sobre las obras de urgencia o inminentes, "cuya aplicación estaba provocando cierta confusión". De esta forma, con la modificación de la citada normativa municipal, se establece que las obras de urgencia son "exclusivamente" las correspondientes a la adopción de medidas de seguridad. "No se puede incluir otras obras tales como la rehabilitación o reparación necesarias, las cuales conllevarán su trámite correspondiente para la obtención del título habilitante", indica la ordenanza.

Aumentan los requisitos en los proyectos de derribo para proteger los inmuebles colindantes

Acuerdos de la Comunidad de Propietarios

Se suprime la obligación de aportar acuerdo de la comunidad de propietarios en la solicitud de licencias urbanísticas, prórrogas de éstas y comunidades previas de obras, que se sustituye por una declaración responsable.

Actuaciones de Demolición y derribo

La modificación de la ordenanza también aumenta los requisitos en los proyectos de demolición o derribo en la ciudad, medida derivada de la "preocupación" por las consecuencias que pueden tener los procesos de demolición en las medianeras de las edificaciones colindantes. "La situación final de dichas medianeras requiere de la adopción de medidas, o, por lo menos, de la acreditación fehaciente, en el proyecto o documento técnico correspondiente, de que no se ven afectadas sus condiciones de seguridad".

Balcones y terrazas

Asimismo, se impulsa en la modificación de esta norma municipal la necesidad de disponer de espacios exteriores vinculados a las nuevas viviendas que se creen, "ya sea como terrazas, balcones o cualquier otro elemento". "De esta forma, se intenta paliar una grave carencia que se ha puesto de relieve tras el confinamiento derivado de la pandemia del Covid: la necesidad de espacios libres abiertos vinculados a las viviendas". Para ello, se modifica el artículo de cuerpos volados, incentivando la disposición de cuerpos abiertos frente a los cerrados o semicerrados, y eliminando restricciones dimensionales.

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