El comportamiento inadecuado en las oficinas de Santa Cruz tendrá consecuencias: multas de hasta 3.000 euros y denegación de acceso
El Ayuntamiento aprueba, de manera inicial, el primer Reglamento de Atención Ciudadana, para «proteger» a los empleados públicos

Dependencias municipales del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en el parque de La Granja. / El Día
El comportamiento inadecuado o incívico de los ciudadanos en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, en sus oficinas municipales, tendrá consecuencias. Éstas se traducirán en sanciones, que pueden llegar hasta los 3.000 euros, y en la denegación del acceso a las oficinas.
El Consistorio chicharrero, a través de su Junta de Gobierno, ha aprobado, de manera inicial, el primer Reglamento de Atención Ciudadana de Santa Cruz, con el que, por primera vez, se establecen en un documento los derechos y obligaciones de la ciudadanía y del personal municipal, así como un régimen sancionador.
El alcalde, el nacionalista José Manuel Bermúdez, destaca la necesidad de contar con un reglamento que «garantice una atención de calidad a la ciudadanía» y que recoja las condiciones en las que se debe prestar este servicio. El regidor detalla que el texto está formado por 26 artículos.
Objetivos
En líneas generales, y según se indica en el propio documento, éste establece unas pautas comunes en relación con la organización y características de la información a suministrar a la ciudadanía;recoge, en el marco de los servicios de atención, los derechos y obligaciones de los empleados municipales y de los ciudadanos; y establece un régimen sancionador en el caso de incumplimiento de las obligaciones por parte de los usuarios atendidos.
Ámbito de aplicación
La edil de Organización, Purificación Dávila (CC), explica que el reglamento se aplicará para los servicios de atención ciudadana que preste la entidad matriz del Ayuntamiento, sus organismos autónomos y empresas públicas, así como a la ciudadanía destinataria de los mismos. En concreto, se aplicará en las oficinas de atención ciudadana y de asistencia en materia de registros, como las ubicadas en La Granja, Añaza o San Andrés, y en las oficinas de atención social de los Servicios Sociales.
Funciones
Los servicios de atención al ciudadano en el municipio de Santa Cruz de Tenerife deberán proporcionar a los usuarios información, asesoramiento y asistencia; realizar las funciones de oficinas de asistencia en materia de registros; y también recibir las quejas y reclamaciones, entre otras funciones.
Derechos de la ciudadanía
Los usuarios tienen, entre otros, los siguientes derechos: a ser atendidos en el menor tiempo posible; a ser tratados con respecto; a elegir la modalidad de atención para relacionarse con la administración; a ser asistidos en el uso de medios electrónicos; y a recibir la información, orientación o gestión solicitada. Para la asistencia presencial, «se procurará combinar un sistema de atención mediante cita previa con la posibilidad de ser atendido sin cita».
Deberes de la ciudadanía
Entre las obligaciones de los ciudadanos se encuentran «ser puntual y acudir el día de la cita»; respetar las normas de las oficinas; tratar con respeto al personal municipal; utilizar los servicios públicos de forma «adecuada y diligente»; y cumplir «en todo momento» con las normas de salubridad , «atendiendo a las condiciones de aseo personal».
Infracciones leves
En el ámbito de la «atención social» prestada en los Servicios Sociales, se considerarán infracciones leves las siguientes: no atender a las indicaciones del personal municipal, no facilitar los datos legalmente exigibles, «mostrar falta de consideración o de respeto» hacia los empleados públicos o cualquier otra persona que se encuentre en la oficina, y no acudir a dos citas concertadas en el periodo de un año. Las multas pueden llegar hasta los 750 euros.
Infracciones graves
En el ámbito de la «atención social» de los Servicios Sociales, se consideran infracciones graves, cuyas sanciones pueden llegar hasta los 1.500 euros, las siguientes: la comisión de tres infracciones leves en el periodo de dos años, producir daños en las instalaciones municipales o en los sistemas telemáticos, y proferir amenazas a los empleados públicos o a cualquier otra persona. Asimismo, en el ámbito de la atención prestada en cualquier oficina, también se considera infracción grave la reutilización de la información obtenida con fines no permitidos.
Infracciones muy graves
Son infracciones muy graves de la ciudadanía que «recibe atención ciudadana» en el Ayuntamiento de Santa Cruz las siguientes: los actos de deterioro grave y relevante de las instalaciones municipales y elementos, cometer agresión física, y tener un comportamiento incívico o agresivo «que suponga un riesgo para el resto de las personas», así como aquellos que impidan u obstaculicen gravemente la atención ciudadana. Las multas por las infracciones muy graves pueden llegar hasta los 3.000 euros.
Denegación de acceso
El incumplimiento de los deberes, «cuando se atente contra la dignidad de los trabajadores o usuarios, o contra la integridad del patrimonio municipal», podrá suponer la denegación de acceso a las oficinas municipales de Santa Cruz. En el procedimiento, se garantizará el trámite de audiencia y, en ningún caso, podrá prolongarse por un plazo superior a seis meses. Asimismo, cuando concurra una situación de riesgo, el personal de seguridad y los empleados públicos podrán proceder al desalojo de las dependencias.
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