Santa Cruz multará por fumar en la playa y escupir en la calle a partir del 18 de enero

La nueva Ordenanza de Limpieza, que sustituye a la aprobada en 2001, entra en vigor este miércoles | Vigilarán su cumplimiento la Policía Local y cinco inspectores

Playa de Las Teresitas, en Santa Cruz de Tenerife.

Playa de Las Teresitas, en Santa Cruz de Tenerife. / Carsten W. Lauritsen

La nueva Ordenanza de Limpieza y Residuos de Santa Cruz será de obligado cumplimiento a partir de este miércoles, 18 de enero, según lo confirma el Ayuntamiento. A partir de dicho día, y debido a que la norma, publicada en el BOP el 26 de diciembre, entra en vigor, estará prohibido fumar en todas las zonas de baño del municipio, escupir en la calle, tirar pipas al suelo, sacudir ropa o similares desde las ventanas, y colocar octavillas en los vehículos, comportamientos que serán sancionados con multas que pueden llegar a los 750 euros. Éstas son algunas de las nuevas infracciones que se incluyen en esta ordenanza, que sustituye a la aprobada en 2001.

Se encargarán de vigilar el cumplimiento de la nueva normativa y de sancionar a todo aquel que cometa infracciones los agentes de la Policía Local chicharrera y cinco inspectores de Servicios Públicos, según lo ha indicado el edil responsable del área, Carlos Tarife (PP). Éste recuerda que, con respecto a la anterior ordenanza, se incrementan las cuantías de las sanciones para las infracciones que ya existían, como orinar y defecar en la vía pública, que pasan de 90 a 750 euros, comportamiento que también estará prohibido durante los Carnavales.

Otra de las multas que aumenta es la correspondiente al depósito de basura fuera de los contenedores, acción considerada como una infracción grave, cuya cuantía pasa de 150 euros a un mínimo de 2.001, pues puede llegar hasta los 100.000 euros. En el caso de los incumplimientos muy graves relacionados con la gestión de residuos, las cuantías de las sanciones pueden llegar hasta los 3,5 millones de euros, multiplicando por 60 la cantidad máxima que recogía la ordenanza anterior, que se situaba en 60.000 euros. En el caso de las infracciones leves en materia de limpieza, las multas pasan de 90 a 750 euros.

Con la denominada Ordenanza Municipal de Gestión de Residuos y Limpieza de Espacios Públicos para una Económica Circular, el Ayuntamiento regula el servicio de recogida de basura conforme a la legalidad vigente; establece «normas claras que contribuyan a la consecución de unos espacios públicos saludables, agradables y atractivos»; e implanta un régimen sancionador dirigido a «erradicar comportamientos del todo incompatibles con la convivencia ciudadana y la sostenibilidad del medio urbano y natural», elevando las sanciones «hasta el máximo legal permitido».

Entre las novedades que incorpora esta normativa se encuentran también la creación de una tasa para penalizar a quiénes más contaminen, de manera que ésta «recoja el coste del servicio y sea más personalizada»; la obligación de separar los residuos; la posibilidad de contar con contenedores de uso exclusivo; o la obligación, para los grande generadores de residuos, de gestionarlos «por sí mismos y al margen del sistema de recogida municipal», entregándolos a una entidad gestora.

Multas de hasta 750 euros.

Entre las infracciones que serán sancionadas con 750 euros se encuentran tirar a los espacios públicos toda clase de artículos masticables y sus envoltorios, específicamente chicles, caramelos, pipas y similares; tirar o depositar cualquier clase de residuos, tanto en esta sólido como líquido, en cualquier espacio público; defecar, miccionar o escupir en la calle; arrojar a la vía pública desde ventanas, terrazas, balcones o aberturas exteriores de los edificios, viviendas o establecimientos cualquier tipo de residuo, incluso en bolsas u otros recipientes, así como el sacudido de alfombras, prendas o similares;arrojar a la vía pública toda clase de octavillas, panfletos o materiales publicitarios similares; colocar octavillas y similares en los vehículos estacionados en la vía pública, mobiliario urbano, árboles, vallado o paredes; depositar directamente en la arena o rocas de las playas cualquier tipo de residuo; fumar en las zonas del baño del municipio; utilizar plásticos de un solo uso los titulares de chiringuitos, quioscos, restaurantes y similares cercanos a las playas o ubicados en su interior; facilitar cualquier tipo de alimento a animales no domésticos, en particular a palomas, ratas y gatos callejeros; y realizar pintadas, manchas, garabatos, escritos o grafismo sobre cualquier elemento del espacio público

Hasta 2.000 euros.

Entre las prohibiciones que pueden ser sancionadas con 2.000 euros en la nueva normativa se encuentran depositar los residuos sin separarlos por fracciones o en contenedores o puntos de recogida diferentes a los identificados para cada fracción; incumplir los horarios de depósito y entrega de residuos, y utilizar los contenedores para fines distintos a los previstos en la presente ordenanza. En el caso de que se trate de residuos peligrosos o de suelos contaminados, las multas pueden llegar hasta los 20.000 euros.

Hasta 3.000 euros.

Entre las infracciones con multas de hasta 3.000 euros se encuentran el impedimento del uso del servicio público por otra u otras personas con derecho, y el deterioro grave y relevante de equipamientos, infraestructuras, instalaciones o elementos del servicio público.

Entre 2.001 y 100.000 euros.

Entre las prohibiciones que pueden ser multadas con cuantías que oscilan entre los 2.001 y los 100.000 euros se encuentran la extracción o rebusca de residuos o el incumplimiento de las obligaciones de separación en origen. En el caso de que se trate de residuos peligrosos o suelos contaminantes, las sanciones oscilan entre los 20.001 y los 600.000 euros.

Entre 100.001 y 3,5 millones de euros.

Entre los incumplimientos que pueden ser multados con cuantías que oscilan entre los 100.001 y los 3,5 millones de euros se encuentra la actuación en forma contraria a lo establecido en la nueva Ordenanza Municipal de Limpieza y Residuos, «siempre que haya supuesto peligro grave o daño a la salud de las personas, o se haya producido un daño deterioro grave para el medio ambiente». Según se indica en la nueva normativa, en el caso de que se trate de residuos peligrosos o suelos contaminantes, las sanciones oscilan entre los 601.000 y los 3,5 millones de euros.