Condenados por el ‘caso Las Teresitas’ solicitarán la revisión de sus penas

Las defensas se amparan en la reforma del Código Penal que acaba de entrar en vigor

y que modifica el delito de malversación, por el que recibieron las penas de cárcel

Juicio por el caso de Las Teresitas.

Juicio por el caso de Las Teresitas. / DELIA PADRÓN

Condenados por el caso Las Teresitas, una de las mayores causas judiciales por delitos de corrupción instruidas en Canarias, que tiene como protagonista a la playa chicharrera, solicitarán la revisión de sus condenas tras la entrada en vigor de la reforma del Código Penal promovida por el Gobierno de Pedro Sánchez y su acuerdo con los independentistas catalanes que, entre otros cambios, modifica el delito de malversación. Así lo han confirmado fuentes de las defensas de los procesados, entre los que se encuentran el exalcalde de Santa Cruz de Tenerife Miguel Zerolo y el exconcejal de Urbanismo Manuel Parejo, «quienes podrían quedar en libertad y para quienes podría desaparecer la pena de inhabilitación». E incluso, se estudiará la posibilidad de solicitar una indemnización si existiese «responsabilidad patrimonial del Estado, por condenar por un delito que ya ha desaparecido con esta reforma».

En el caso de Las Teresitas, el Ayuntamiento de la capital compró en 2001 a los empresarios Antonio Plasencia e Ignacio González (que falleció en prisión) el frente de la playa por 52,5 millones de euros, a pesar de que el precio de tasación era de 19 millones y a pesar de que ya parte de los terrenos pertenecían al propio Consistorio. La Justicia condenó al exalcalde y al exedil de Urbanismo a siete años de prisión y a 17 años de inhabilitación absoluta. El exgerente y el exsecretario de Urbanismo, José Tomás Martín González y Víctor Reyes, respectivamente, fueron condenados a cuatro años de cárcel y a más de diez años de inhabilitación absoluta, y los empresarios Plasencia y González, a cinco años y tres meses de prisión.

Además, la sentencia estableció que los seis procesados debían abonar al Ayuntamiento chicharrero 9,16 millones de euros y, de forma solidaria con las empresas Inversiones Las Teresitas, Promotora Punta Larga y Promotora La Victoria, otros 52,58 millones, más intereses. El único que ha hecho frente a esta deuda es Antonio Plasencia, con la entrega al Consistorio chicharrero de dos edificios, uno situado en la avenida Marítima y otro en la avenida Tres de Mayo, que han sido comprados por el Gobierno de Canarias.

La reforma también beneficia a los funcionarios inhabilitados por el ‘caso mamotreto’

En la actualidad, los condenados por el caso de Las Teresitas han conseguido el tercer grado y a los que se les estableció una pena de cuatro años de cárcel, el exgerente y el exsecretario de Urbanismo, apenas les quedan unos meses para que ésta finalice.

Fuentes de la defensa indican que la reforma del Código Penal los beneficia, tanto con respecto al delito de malversación como al de prevaricación, «porque no hubo ánimo de lucro en el manejo del dinero público». «Se pedirá la revisión y reducción de las penas de cárcel, que podrían extinguirse. Y en cuanto a las penas de inhabilitación, estas desaparecerán seguro. En el caso de los funcionarios, éstos podrán volver a sus puestos de trabajo, si así lo desean, y en el caso de los políticos, volver a ocupar puestos públicos», explican las citadas fuentes.

Señalan que dicha situación también beneficiará a los condenados por el caso mamotreto (relacionado con la construcción del edificio de aparcamientos y locales comerciales de Las Teresitas, que ya fue derribado por orden judicial), pero solo con respecto a las penas de inhabilitación, pues «las de cárcel ya han finalizado». El empresario Antonio Plasencia, uno de los condenados por el caso de Las Teresitas, ha señalado que «todo lo que sea positivo, bienvenido sea». Ha indicado que sus abogados estudiarán la reforma del Código Penal para decidir qué pasos dar.

De oficio o por solicitud

Gerardo Pérez, doctor en Derecho y profesor de Derecho Constitucional, comenta que, a raíz de este reforma, la revisión de las condenas la puede realizar de oficio el propio tribunal o bien la puede pedir el Ministerio Fiscal o las partes afectadas. Pero, según apunta Pérez, lo más lógico es que, debido a la carga de trabajo en la justicia, la soliciten las defensas de los condenados.

En el caso del delito de malversación, la reforma del Código Penal, que entró en vigor ayer, mantiene el tipo tradicional en el artículo 432 con las mismas penas (de dos a doce años de cárcel y de seis a veinte de inhabilitación), pero precisando que debe haber «ánimo de lucro cuando la autoridad o funcionario se apropiare o consintiere que un tercero, con igual ánimo, se apropie del patrimonio público que tenga a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas». 

Además, se crean dos tipos atenuados de malversación. Uno para cuando «la autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos privados el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas», con penas de seis meses a tres años de cárcel e inhabilitación de uno a cuatro años. Y un segundo tipo para «la autoridad o funcionario que, sin estar comprendido en los artículos anteriores, diere al patrimonio público que administrare una aplicación pública diferente de aquella a la que estuviere destinado», con penas de uno a cuatro años de cárcel y de dos a seis años de inhabilitación.

Suscríbete para seguir leyendo