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El concejal del Suroeste Javier Rivero gana protagonismo en el Gobierno local

Asume Consumo, Tecnología y Protección de Datos, entre otras, para liberar a Alfonso Cabello

El concejal del Distrito Suroeste, Participación Ciudadana y Accesibilidad Universal, el nacionalista Javier Rivero, gana protagonismo dentro del equipo de gobierno que dirige José Manuel Bermúdez, después de que ayer decretara su nombramiento al frente de las competencias sectoriales en materia de Protección de Datos, Transparencia, Atención Ciudadana y Demarcación Territorial, Tecnología, Consumo y Soporte a los Distritos.

Las siete nuevas áreas de gestión municipal que desde ayer ya dependen de Javier Rivero estaban en manos de su compañero de filas Alfonso Cabello, que después de la redistribución municipal para dar mayor agilidad y mejorar la eficiencia de la gestión en febrero había sumado también Mercado y Rastro, así como Planificación Estratégica y Promoción Económica. Cabe recordar que este último departamento se encarga directamente de la oficina que se gestiona la búsqueda y desarrollo de proyectos con financiación europea para que Santa Cruz se beneficie de la inversión de los fondos Next Generation.

Capacidad y confianza

Una vez se hizo la redistribución de áreas el pasado febrero entre los miembros del equipo de gobierno, fue el propio alcalde quien advirtió a Alfonso Cabello de la necesidad de repartir las delegaciones con otro compañero. La capacidad de trabajo y la confianza son dos claves decisivas para que el alcalde de Santa Cruz haya confiando en el edil del Suroeste, Participación Ciudadana y Accesibilidad Universal las nuevas competencias.

La delegación conferida tiene carácter genérico y se refiere a materias o sectores de actividad sin especificación de potestades, por lo que derechos y deberes referidos que corresponden al Alcalde las que no sean delegables, explica una nota de prensa.

La delegación incluye la facultad de dirigir los servicios correspondientes y la de gestionarlos en general, así como la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros; todo ello sin perjuicio de las delegaciones que se puedan efectuar por otros órganos.

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