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El IMAS renueva el contrato para dar cobertura funeraria a personas sin recursos

El área de servicios sociales dio prestación a un total de ochenta y cuatro fallecidos en 2021

Rosario González, concejala del Instituto Municipal de Atención Social. E. D.

El Instituto Municipal de Atención Social (IMAS) que dirige la concejala Rosario González trabaja en la renovación del servicio que garantiza cobertura funeraria para las personas sin recursos económicos, una prestación a la que el pasado año se acogieron ochenta y cuatro fallecidos.

Según consta en el pliego de prescripciones técnicas que han de regir en la contratación de estos servicios funerarios de carácter social que se adjudicarán mediante procedimiento abierto y tramitación urgente, el contrato consiste en la realización de servicios funerarios de carácter social para personas sin recursos económicos que fallezcan en Santa Cruz de Tenerife.

Conforme a las bases reguladoras que se aprobaron en el pleno del 18 de octubre de 2002, precisan que los destinatarios de este servicios son personas sin recursos económicos a efectos de hacer efectiva la obligación de facilitar la nevera, el féretro y el transporte gratuito a los indigentes fallecidos. Se precisa que, aunque los fallecidos sean reclamados por familiares, podrán acogerse a esta prestación si acreditar la insuficiencia de medios económicos para cubrir este servicio mediante la documentación y los criterios habituales de valoración que son de aplicación para la concesión de las prestaciones económicas de asistencia social de la Corporación municipal en función de las circunstancias de cada caso.

En particular, la prestación establece el suministro de féretros comunes y otros elementos accesorios propios de la actividad para los sepelios ordinarios, así como la conservación transitoria mediante el mantenimiento en nevera para aquellos casos en que fuera necesario. También la recogida, enferetrado y conducción de los cadáveres dentro del término municipal en vehículos acondicionados y autorizados para la recogida y conducción de cadáveres, además del acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres según la normativa.

Hace 20 años que el pleno aprobó por primera vez dar este servicio a indigentes de Santa Cruz

La empresa que se haga con la concesión de este servicio asumirá la realización de los trámites administrativos para la inscripción del fallecido, así como otras actividades derivadas del servicio funerario o que fueran impuestas por la técnica o hábitos sociales, así como todos aquellos actos, diligencias u operaciones que sean propias del servicio funerario, según consta en el pliego.

El pliego establece que la prestación de servicios funerarios que se acogerá a la cobertura social que garantiza el ayuntamiento en el caso de personas sin recursos consistirá en facilitar la nevera, el féretro y la conducción de los cadáveres desde el lugar de su defunción hasta el cementerio de Santa Cruz de Tenerife y, en su caso, si por decisión judicial fuera necesaria la práctica de la autopsia, desde el lugar en que se produjera el fallecimiento hasta el local en que se procederá a la práctica de la misma y, posteriormente, hasta el cementerio de la capital tinerfeña.

También contempla la cobertura funeraria el acondicionamiento y tratamiento sanitario de los cadáveres conforme la normativa, además de la realización de los trámites administrativos para la inscripción del fallecido, así como otras actividades derivadas del servicio funerario o que fueran impuestas por la técnica o hábitos sociales, así como todos aquellos actos, diligencias u operaciones que sean propias del servio funerario.

Se advierte de que en caso de que los licitadores de esta cobertura funeraria ofrecieran como mejora del servicio el velatorio, este establecimiento debe estar debidamente acondicionado y destinado a la vela y exposición de cadáveres y tiene que estar localizado en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife.

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